Resumen | |
[J] | IVA. Ventas ocultas.(publicado en Actualidad Diaria 3795 el 22 de junio de 2018) |
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El objeto de esta sentencia consiste en determinar si la sentencia, arriba reseñada, pronunciada por la Sala de este orden jurisdiccional del Tribunal Superior de Justicia de Galicia, impugnada en casación es o no conforme a Derecho, en su tarea interpretativa del artículo 78. Uno de la Ley del IVA , en los términos en que se ha formulado el auto de admisión de este recurso. La sentencia recurrida basa su fundamentación jurídica, respecto a todas las cuestiones suscitadas en la demanda, en lo ya razonado en sentencias anteriores de la propia Sala homónima de Galicia, señalando al respecto ,en síntesis, la tesis de la Sala del Tribunal Superior de Justicia de Galicia sobre la cuestión a que se limita ahora la controversia casacional es que cuando se trata de ventas ocultas, realizadas al margen de la legalidad tributaria por voluntad de las partes, no se entiende incluido en el precio de dichas ventas el IVA que permita su deducción o compensación. Y que la doctrina del TJUE, invocada por la demandante, no resultaba aplicable al caso sobre el que decide porque se refería a compraventas legales. Por consiguiente, según este criterio, sería necesario diferenciar, a juicio de la Sala juzgadora, entre ventas correctamente contabilizadas, en las que, conforme a la doctrina del TJUE, habría de entenderse incluido en el precio el IVA, y ventas sustraídas a la legalidad tributaria en las que no procede tal inclusión. El Supremo estima el recurso. | |
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