Resumen | |
[J] | Viudedad: Incompatibilidad de pensión de viudedad de Clases Pasivas con la misma prestación por el Régimen General. Causante pensionista de jubilación en Clases Pasivas calculada computando cotizaciones al RGSS.(publicado en Actualidad Diaria 3780 el 1 de junio de 2018) |
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1. El litigio que ahora se nos somete a conocimiento se suscita frente a la resolución administrativa del INSS que denegó a la actora el reconocimiento de pensión de viudedad por incompatibilidad con la pensión de viudedad que ya percibía del Régimen de Clases Pasivas, al haberse tenido en cuenta para la misma las cotizaciones efectuadas por el causante al Régimen General de la Seguridad Social (RGSS). Como se declara probado, el causante era perceptor de pensión de jubilación de Clases Pasivas desde el 7 de agosto de 1995 (Hecho Probado cuarto), para cuyo cálculo se tomaron en cuenta los servicios prestados con anterioridad a que aquel adquiriera la condición de funcionario de carrera (Hecho Probado quinto). Respecto de estos últimos, la sentencia de instancia razonaba que para el cálculo de la pensión de jubilación del esposo de la actora solamente se tomaron en consideración las cotizaciones del periodo de 5/1/1955 a 27/8/1958, lo que, según razona la Magistrada
2. La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Madrid estima el recurso de suplicación de la Entidad Gestora y revoca la sentencia recurrida, razonando que no es compatible la pensión cuando para el reconocimiento de la ya concedida (Clases Pasivas) se computaron cotizaciones del otro régimen (RGSS) en el que ahora se pretende obtener la segunda de tales pensiones. El Supremo desestima el recurso. | |
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