Resumen | |
[J] | El concepto de derecho de visita incluye el derecho de los abuelos de visitar a sus nietos(publicado en Actualidad Diaria 3780 el 1 de junio de 2018) |
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La Sra. V. , de nacionalidad búlgara, es la abuela materna de un menor de edad nacido en el año 2002. Desde el divorcio de sus progenitores, el menor reside habitualmente en Grecia con su padre, de nacionalidad griega. Su abuela desea que se le conceda un derecho de visita. Al considerar que no tenía la posibilidad de mantener contactos de calidad con su nieto, y tras haber solicitado sin éxito ayuda a las autoridades griegas, recurrió ante la justicia búlgara para que se determinara la forma de ejercicio del derecho de visita entre ella y su nieto. Solicitó verlo con regularidad un fin de semana al mes y acogerlo en su casa dos veces al año durante dos o tres semanas de las vacaciones del menor. Los tribunales búlgaros de primera instancia y de apelación desestimaron la pretensión por falta de competencia, ya que un Reglamento de la Unión (Reglamento de Bruselas II bis) establece que los órganos jurisdiccionales competentes son los del Estado miembro donde el menor tiene su residencia habitual (en este caso, los tribunales griegos). | |
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