Resumen | |
[J] | Los diferentes turnos de acceso a la función pública y la igualdad del artículo 23.2 de la CE. Turno libre, discapacitados y promoción interna. Voto particular.(publicado en Actualidad Diaria 3724 el 8 de marzo de 2018) |
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El presente recurso de casación se interpone contra la sentencia de la Sala de nuestro orden jurisdiccional, Sección Segunda, del Tribunal Superior de Justicia de Castilla La Mancha, que desestimó el recurso contencioso administrativo, seguido por el procedimiento para la protección de los derechos fundamentales de la persona, interpuesto contra la Resolución de la Directora Gerente del Servicio de Salud de Castilla La Mancha, de 30 de noviembre de 2015, que inadmitió la solicitud de revisión de oficio de la resolución del tribunal calificador del ejercicio, de la fase de oposición, y contra la Resolución de la Dirección General del citado Servicio de Salud, que puso fin al proceso selectivo para la provisión de plazas del Grupo Auxiliar de la Función Administrativa de dicho servicio, turno libre, que había sido convocado por Resolución, de 5 de octubre de 2009, de la Dirección General de Recursos Humanos. El interés casacional del recurso ha quedado delimitado en el
Auto de esta Sala Tercera (Sección Primera) de 25 de abril de 2017 ,
El Supremo estima el recurso. | |
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