Resumen | |
[J] | Contrato para obra o servicio que incorpora cláusula resolutoria por reducciones de volumen. Criterios: 1) Un contrato para obra o servicio no se extingue como consecuencia de la minoración del volumen de la contrata de adscripción. 2)) Es nula la cláusula contractual anudando la terminación del contrato a la reducción del volumen de la contrata. 3) La minoración del volumen de una contrata de obras o servicios permite acudir al despido objetivo (o colectivo), siendo improcedente el despido cuando se incumplen sus exigencias formales.(publicado en Actualidad Diaria 3686 el 15 de enero de 2018) |
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Se discute al hilo de una cláusula incorporada a contrato de trabajo temporal en la que se contempla su terminación por reducción del volumen de trabajo de la empresa cliente. La duda radica en saber si el art. 49.1.c) ET es válido para canalizar su terminación cuando tal minoración se produce efectivamente. El Supremo desestima el recurso de la empresa. | |
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