Resumen | |
[J] | Nacionalidad. Buena conducta cívica: la naturaleza del delito cometido es incompatible con una buena conducta cívica, aunque el antecedente esté cancelado.(publicado en Actualidad Diaria 3613 el 25 de septiembre de 2017) |
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La sentencia recurrida revoca la denegación de la concesión de nacionalidad no solo sobre la base del transcurso de los plazos legalmente establecidos para la cancelación de antecedentes, sino porque, a juicio de la Sala de instancia, se disponía, además, de la necesaria perspectiva temporal para enjuiciar el requisito de la buena conducta cívica, al quedar enervado el efecto negativo que para dicho requisito tenía la sentencia penal condenatoria. Es decir, no solo se habían cancelado los antecedentes -o podían serlo-, sino que el período de tiempo transcurrido desde la comisión del hecho delictivo y su condena era lo suficientemente extenso como para entender que los efectos de ese evidente comportamiento contrario a la "buena conducta cívica" habían desaparecido. El Supremo estima el recurso de la Abogacía del Estado. | |
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