Resumen | |
[J] | Vivienda familiar. Adjudicación de la vivienda familiar cuando no hay hijos menores o estos han alcanzado la mayoría de edad(publicado en Actualidad Diaria 3613 el 25 de septiembre de 2017) |
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La sentencia de fecha 11 de septiembre de 2007 que acordó el divorcio de D. Pedro Miguel y D.ª Rafaela , aprobó las medidas fijadas en convenio regulador de 29 de diciembre de 2006. El 6 de febrero de 2014, D. Pedro Miguel interpone demanda de modificación de tales medidas. Solicita que se fije la pensión compensatoria en 400 euros mensuales (fijada en el convenio en 1361,66 euros mensuales, con sometimiento a actualizaciones anuales), que se declare no proceder especial atribución del uso del inmueble propiedad de la sociedad postganancial sito en la CALLE000 n.º NUM000 de las Rozas a ninguno de los integrantes de la sociedad (a fin de posibilitar libremente su liquidación), así como la supresión de la pensión alimenticia respecto del hijo común, D. Gervasio (fijada en el convenio en 371,42 euros mensuales, con sometimiento a actualizaciones anuales). En la vista del juicio matiza la solicitud relativa a la vivienda interesando que la atribución de uso que en el convenio regulador y la sentencia de divorcio se atribuyó a la esposa y al entonces hijo menor quede limitada temporalmente hasta la fecha de la definitiva liquidación de la sociedad de gananciales. La sentencia del juzgado estima parcialmente la demanda, suprimiendo la pensión de alimentos a favor del hijo, por ser mayor de edad, tener un trabajo a tiempo parcial por el que cobra entre 500 a 700 euros y no estar completando su formación. No se estima la procedencia de ninguna modificación más. La Audiencia desestima el recurso y confirma la sentencia de primera instancia en su integridad. El Supremo estima el recurso del demandante. | |
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