Resumen | |
[J] | Responsabilidad civil médica. Medicina voluntaria o satisfactiva (cirugía plástica; mamoplastia). Complicación estética. Obligación de medios. Información al paciente. Evolución de la doctrina jurisprudencial: inexistencia de responsabilidad objetiva.(publicado en Actualidad Diaria 3143 el 21 de junio de 2016) |
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Con la finalidad de mejorar la apariencia de sus senos, D.ª María Rosario acudió a la Clínica Dermatológica Serrano, acordándose que Don. Adriano sería el encargado de realizar la operación y que se llevaría a cabo en la Clínica Quirón. Fue intervenida el 12 de noviembre de 2008 realizándole una mamoplastia de aumento. Tras el post-operatorio se pudo observar una complicación estética no deseada consistente en una deformidad conocida como doble burbuja, y el consiguiente empeoramiento estético, muy visible y notorio. Con motivo de esa deformación se propuso una nueva intervención para solucionar el problema, siendo de nuevo intervenida el 20 de marzo de 2009 para la corrección de la doble burbuja, sin que en esta segunda operación se subsanara completamente la deformidad.La Sra. María Rosario formuló demanda de juicio ordinario contra el Dr. Adriano en reclamación de 79.886,42 euros por el daño ocasionado por las lesiones, secuelas, daños morales más el precio abonado por el incumplimiento contractual y el importe de la nueva intervención a la que ha de ser sometida para mejorar el aspecto, además del 10% de factor de corrección. La sentencia de instancia desestimó la demanda y contra dicha resolución formuló recurso de apelación la parte demandante que fue estimado en parte por la Sección 8.ª de la Audiencia Provincial de Valencia. El Supremo estima el recurso del médico y repone la solución desestimatoria de la demanda adoptada en primera instancia. | |
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