Resumen | |
[J] | Derecho a la libertad de información, derecho a la intimidad personal y familiar. Prevalencia de la libertad de información la cual debe apreciarse mediante ponderación en función de las circunstancias concurrentes en cada caso.(publicado en Actualidad Diaria 2484 el 7 de octubre de 2013) |
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D.
Bernardo formuló demanda de juicio ordinario de protección civil del derecho a la intimidad personal y familiar contra la entidad RBA Revistas, S.L., como editora de la revista
La sentencia de primera instancia desestimó la demanda. La sentencia de segunda instancia desestimó el recurso al apreciar que la notoria condición pública de los afectados y la exposición también pública de sus apetencias, afectos y relaciones impedía que se pudiese considerar como intromisión en la vida privada del demandante el hecho de que quien acreditadamente mantuvo una relación personal y afectiva con él anunciase la preparación de una acción de reclamación de paternidad, así como que en la descripción de los hechos se refiriesen otras relaciones ya conocidas, que el juicio de paternidad fuera inminente o se describiese la actitud desdeñosa o, acaso prepotente, del demandante. En conclusión, dada la condición personal de los implicados y la conducta social observada, declaró que las manifestaciones contenidas en la demanda no podían calificarse de intromisiones ilegítimas en la intimidad personal o familiar del demandante, tanto por las circunstancias sociales que rodearon la noticia, como por las personales de los afectados. El Supremo desestima el recurso. | |
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