Resumen | |
[J] | Responsabilidad medica. La empresa de servicios sanitarios es responsable.(publicado en Actualidad Diaria 1527 el 2 de julio de 2009) |
texto publicado volver | |
El problema que el recurso plantea se centra en determinar si la recurrente ADESLAS, como sostiene la sentencia, debe responder de la actuación negligente de quienes, mediante la administración de un medicamento -fenobarbital-causaron a la hija de los actores, nacida 24 horas antes, graves daños cerebrales que determinaron su fallecimiento en el curso del proceso. El recurso de esta entidad plantea un primer motivo en el que denuncia la infracción del artículo 1903 del Código Civil , al considerar que la sentencia recurrida vulnera el principio de responsabilidad extracontractual por actos de terceros, al faltar los requisitos necesarios, por cuanto no existe relación de jerarquía o subordinación entre el personal de la clínica y ADESLAS, ya que esta solo tiene un contrato con la clínica, por la que dicha entidad no se ha reservado ningún tipo de facultad de vigilancia o participación respecto a los trabajos desempeñados por dicho personal. | |
texto publicado volver |
Los suscriptores de este Diario tiene 5 ventajas:
1 Prioridad en la recepción de los envíos del Diario.
2 El Diario se puede recibir en tres e-mail diferentes por cada suscripción.
3 Acceso a todos los Diarios publicados desde el número 1 (16 años de histórico).
4 Buzón de e-mail POP3 y web gratuíto para recibir el Diario y cualquier otro uso. Pulse aquí
5 Pedidos de libros sin gastos de envío. Ultimas novedades, aquí
Estamos a su servicio en el
telefono 902 198 832
(L a V de 9:00 a 20:00)
Las e-fuentes consultadas: |
Legislaci�n: DOCE, BOE, Boletín Oficial de las Cortes Generales (BOCG). |
Jurisprudencia:
TC, TS, TJUE y TEDH. |
Noticias:
europa press, EFE, EL PA�S, EL MUNDO, ABC, LA RAZ�N, LA VANGUARDIA,
EXPANSI�N |
Documentaci�n
oficial: Presidencia del Gobierno,
Ministerio de Hacienda-Agencia Tributaria, Ministerio de Trabajo-Seguridad
Social, Ministerio de Justicia y CGPJ. |
Documentaci�n
corporativa: Consejo
General de la Abogac�a-Colegio de Abogados de Madrid, Consejo General
del Notariado, Colegio de Registradores, Consejo General de Procuradores-Colegio
de Madrid, Asociaciones judiciales (APM, JpD, Fco. Vitoria) |
© 2002-2015 PYB ENTERPRISES S.L. Este diario es una publicación distribuida por paraprofesionales.com y se dirige exclusivamente a sus suscriptores. Su reenvío a terceras personas distintas del destinatario requiere autorización expresa de PYB ENTERPRISES, SL S.L. PYB ENTERPRISES S.L. no se hace responsable de las decisiones tomadas con base en el contenido del presente diario. Las colaboraciones firmadas recogen la opiniones de sus autores. paraprofesionales.com
es una web de PYB Enterprises, SL. PYB Enterprises, SL. Centro de trabajo:
Fuentesauco,9 local. 282024 Pozuelo de Alarc�n
(MADRID). TELEFONO 902 198 832 – Fax 901 02 03 62. email de contacto. |