Resumen | |
[L] | Resolución de 22 de septiembre de 2008, de la Intervención General de la Administración del Estado, por la que se regula el procedimiento de remisión a la Intervención General de la Administración del Estado de la información de carácter anual y trimestral por las entidades del sector público estatal empresarial y del fundacional.(publicado en Actualidad Diaria 1299 el 30 de septiembre de 2008) |
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La Intervención General de la Administración del Estado, como centro gestor de la contabilidad pública, en virtud de lo dispuesto en el artículo 125.2.b) de la Ley 47/2003, de 26 de noviembre, General Presupuestaria, lleva a cabo la centralización de la información contable de las entidades que integran el Sector Público Estatal. Esto implica la obligación, por parte de dichas entidades, de remitir a la Intervención General de la Administración del Estado la información que permita obtener una visión de la gestión realizada por el conjunto del Sector Público Estatal. Para facilitar la cumplimentación de esta información, la Intervención General de la Administración del Estado puso a disposición de las empresas y fundaciones públicas un programa de ayuda que permite la generación de la información requerida en soporte informático. Se trata ahora de facilitar no sólo la cumplimentación de esta información sino también su remisión a través de los medios informáticos y telemáticos que la Intervención General de la Administración del Estado pone a disposición de las citadas entidades, de manera que la presente Resolución regula el procedimiento para ello. | |
Información relacionada | |
[L] Resolución de 17 de julio de 2008, de la Intervención General de la Administración del Estado, por la que se modifica el anexo I de la Orden EHA/777/2005, de 21 de marzo, por la que se regula el procedimiento de obtención, formulación, aprobación y rendición de las cuentas anuales para las entidades estatales de derecho público a las que sea de aplicación la Instrucción de Contabilidad para la Administración Institucional del Estado y la Resolución de 28 de diciembre de 2000, por la que se aprueba la adaptación del Plan General de Contabilidad Pública a aquellos organismos públicos cuyo presupuesto de gastos tiene carácter estimativo. | |
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