Resumen | |
[L] | Conflicto positivo de competencia n.º 6735-2007, en relación con diversos preceptos del Real Decreto 395/2007, de 23 de marzo, por el que se regula el subsistema de formación profesional para el empleo.(publicado en Actualidad Diaria 1065 el 24 de septiembre de 2007) |
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El Pleno del Tribunal Constitucional, por providencia de 11 de septiembre actual, ha acordado admitir a trámite el conflicto positivo de competencia número 6735-2007, promovido por el Consejo de Gobierno de la Comunidad de Madrid, en relación con los artículos 1; 3; 5.1.b) y 5.3; 6.4; 8; 19.2; 23; 24.1 y 3; 25.4; 30; 32.4; 35 y Disposición Final Segunda del Real Decreto 395/2007, de 23 de marzo, por el que se regula el subsistema de formación profesional para el empleo, y, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 10.2 LOTC, en la redacción dada por la Ley Orgánica 6/2007, de 24 de mayo, atribuir a la Sala Primera, a la que por turno objetivo le ha correspondido, el conocimiento del presente conflicto. | |
Información relacionada | |
[L] Orden TAS/2388/2007, de 2 de agosto, por la que se desarrolla parcialmente el Real Decreto 395/2007, de 23 de marzo, por el que se regula el subsistema de formación profesional para el empleo, en materia de formación de oferta y se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones públicas destinadas a su financiación, en el ámbito de la Administración General del Estado. | |
[L] Orden TAS/2307/2007, de 27 de julio, por la que se desarrolla parcialmente el Real Decreto 395/2007, de 23 de marzo, por el que se regula el subsistema de formación profesional para el empleo en materia de formación de demanda y su financiación, y se crea el correspondiente sistema telemático, así como los ficheros de datos personales de titularidad del Servicio Público de Empleo Estatal. | |
[L] Real Decreto 395/2007, de 23 de marzo, por el que se regula el subsistema de formación profesional para el empleo. | |
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