Resumen | |
[J] | Incumplimiento de Estado – Directiva 91/271/CEE – Contaminación y actividades molestas – Tratamiento de las aguas residuales urbanas – Aglomeración urbana de Sueca, sus pedanías costeras y determinados municipios de La Ribera – Vertido en una zona sensible sin tratamiento(publicado en Actualidad Diaria 979 el 19 de abril de 2007) |
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La Comisión solicita al Tribunal de Justicia que declare que España incumple la Directiva sobre el tratamiento de las aguas residuales urbanas al no someter las aguas residuales urbanas de la aglomeración de Sueca, de sus pedanías costeras (El Perelló, Les Palmeres, Mareny de Barrequetes, Playa del Rey y Boga de Mar) y de determinados municipios de la comarca de La Ribera (Benifaió, Sollana y Almussafes), a un tratamiento adecuado antes de que sean vertidas en una zona declarada sensible. La Comisión aduce que estas aguas residuales urbanas se vierten, a través de una red de acequias de riego, en las aguas costeras del Frente Litoral del Parque Natural de L'Albufera, declarado zona sensible, a efectos de la mencionada Directiva, mediante Orden de la Generalitat Valenciana de 30 de agosto de 2003.En primer lugar, el Tribunal de Justicia señala que los sistemas colectores de estas aguas debían estar instalados, a más tardar, el 31 de diciembre de 1998. Además, a partir de esa fecha, dichas aguas debían ser objeto de un tratamiento más riguroso que el tratamiento secundario. En segundo lugar, el Tribunal de Justicia constata, en lo que atañe a las aguas residuales urbanas del municipio de Sueca, que España no discute que la Estación Depuradora de Aguas Residuales (EDAR) de Sueca únicamente trata alrededor del 60 % de tales aguas. Por lo que respecta, seguidamente, a los municipios de Benifaió, Sollana y Almussafes, el Tribunal de Justicia observa que de las explicaciones de España se desprende que tales municipios no se conectaron a la EDAR de L'Albufera Sur hasta mayo y junio de 2005. Por último, en cuanto a las aguas residuales urbanas procedentes de las pedanías costeras de Sueca, el Tribunal de Justicia señala que España reconoce expresamente que las EDAR de El Perelló y de Mareny de Barrequetes sólo tienen una capacidad de tratamiento secundario de las aguas recibidas. En consecuencia, el Tribunal de Justicia condena a España. | |
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