Resumen | |
[J] | Envío de droga a través de un país extranjero por correo. No puede considerarse delito en grado de tentativa si se trata de un cooperador necesario para la operación.(publicado en Actualidad Diaria 541 el 23 de mayo de 2005) |
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El Supremo ha desestimado el recurso de casación contra sentencia por la que se condenaba a la ahora recurrente como autora de un delito contra la salud publica por ser la receptora de un paquete enviado desde Quito, que contenía droga. Solicita la recurrente que debe calificarse como tentativa, ya que la jurisprudencia ha determinado que cabe la posibilidad de la tentativa delictiva, en caso de narcotráfico, si se trata de un envío de droga desde un país extranjero, por correo u otro medio de transporte, respecto a la persona que recoge la mercancía. El Supremo desestima el motivo confirmando que si el acusado ha participado en la solicitud o en la operación de importación, o figura como destinatario de la sustancia, es autor en grado de consumación, ya que tiene la posesión mediata de la droga y es un cooperador necesario y voluntario de la operación de tráfico. | |
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