Resumen | |
[J] | Marca "Angulas de Aguinaga". No cabe denegar la inscripción ya que sólo coinciden en el término Aguinaga, municipio famoso por sus pescados.(publicado en Actualidad Diaria 530 el 6 de mayo de 2005) |
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El Tribunal Supremo ha desestimado el recurso de casación presentado por la empresa titular de las marcas "Supremas de Aguinaga" y "Delicias de Aguinaga" contra la inscripción en el registro de marcas "Las Mejores de Aguinaga". Determina que no se ha producido incompatibilidad entre ambas marcas, ya que la segunda se diferencia suficientemente en su conjunto de las oponentes pues sólo coinciden los vacablos "Aguinaga" y ésto no puede determinar su recíproca incompatibilidad, ya que se trata de un municipio de la provincia de Guipúzcoa afamado por sus angulas, productos que estarían protegidos por los amplios enunciados de productos de los signos enfrentados. Establece que al tratarse de un término geográfico, que indica el origen de ciertos productos, no puede ser monopolizado en exclusiva sino, que, por el contrario, ha de quedar al libre uso de todos los empresarios radicados en la zona. | |
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