Resumen | |
[L] | REAL DECRETO 1865/2004, de 6 de septiembre, por el que se regula el Consejo Nacional de la Discapacidad.(publicado en Actualidad Diaria el 7 de septiembre de 2004) |
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La Orden de 17 de junio de 1999 creó y reguló el Consejo Estatal de las Personas con Discapacidad, con el fin de institucionalizar la colaboración del movimiento asociativo de las personas con discapacidad y de la Administración General del Estado en la definición y coordinación de una política coherente de atención integral. La disposición final segunda de la Ley 51/2003,de 2 de diciembre,de igualdad de oportunidades,no discriminación y accesibilidad universal de las personas con discapacidad,ordena al Gobierno que en un plazo de seis meses desde su entrada en vigor modifique la normativa reguladora del Consejo Estatal de Personas con Discapacidad,al objeto de adecuarla a lo establecido en el artículo 15.3 de dicho texto legal que le atribuye funciones en materia de igualdad de oportunidad y no discriminación,y en particular,a su nueva denominación como Consejo Nacional de la Discapacidad. Por su parte,la Ley 6/1997,de 14 de abril,de Organización y Funcionamiento de la Administración General del Estado,regula la creación de órganos colegiados y los requisitos para constituirlos. Por otro lado,la experiencia acumulada en los últimos años y el nuevo enfoque de los derechos humanos en la actuación sobre la discapacidad han puesto de manifiesto la necesidad de actualizar determinados aspectos de la estructura y composición del Consejo,a fin de agilizar su funcionamiento,reforzar su representatividad, otorgarle una mayor autonomía institucional y garantizar la eficacia de sus actuaciones que han de inspirarse en los principios de vida independiente,normalización,accesibilidad universal,diseño para todos,diálogo civil y transversalidad de las políticas en materia de discapacidad. Con la regulación de este Consejo,se da así impulso al principio de diálogo civil,en virtud del cual las organizaciones representativas de personas con discapacidad y de sus familias participan en la elaboración,ejecución,seguimiento y evaluación de las políticas oficiales que se desarrollan en la esfera de las personas con discapacidad. | |
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