[J]

[TJUE] Un Estado miembro que ha notificado su intención de retirarse de la Unión de conformidad con el artículo 50 TUE sigue siendo el Estado responsable en el sentido del Reglamento Dublín III.
Corresponde a cada Estado miembro determinar las circunstancias en que desea hacer uso de su facultad discrecional y aceptar examinar él mismo una solicitud de protección internacional de la que no es responsable [Más info] [Texto publicado]


[J]

[TS][Mercantil] Asesuradora. Repetición por deficiente prestación sanitaria. Acción entre aseguradoras. [Más info] [Texto publicado]


[J]

[TS][Penal] Delito fiscal. [Más info] [Texto publicado]


[J]

[TS][Contencioso-Advo] Libertad sindical. Incompatibilidad. Liberada sindical a jornada completa. Percibe complemento específico superior al 30% y accede al puesto por su licenciatura en derecho. Labores de asesoramiento jurídico pre-procesal y en juicio en sindicato AFAPNA (art 16.4 Ley 53/1994 Incompatibilidades del Personal de las Administraciones Públicas). [Más info] [Texto publicado]


[N]

La Audiencia de Murcia atribuye la guarda de un menor al padre porque la conducta de la madre respecto a aquel afecta negativamente al niño [Más info] [Texto publicado]


[N]

La Audiencia de Barcelona condena a cinco personas a multas de 120 a 240 euros por la venta ambulante de productos [Más info] [Texto publicado]


[N]

El TS confirma la condena a una persona que agredió sexualmente a 11 mujeres y desestima la eximente de padecer una enfermedad mental que le impedía reprimir su instinto de ataque sexual [Más info] [Texto publicado]


[N]

Sánchez analiza incluir la polémica mochila austriaca de despido en su plan de reformas [Más info] [Texto publicado]


[N]

Las VTC alertan a Torra de su "responsabilidad administrativa y penal" si aprueba el decreto en favor del Taxi [Más info] [Texto publicado]


[N]

Hacienda se llevará más de 700.000 euros del rosco de Pasapalabra [Más info] [Texto publicado]


[N]

Fomento descarta dictar un nuevo decreto de vivienda [Más info] [Texto publicado]


[N]

El Gobierno aumenta los anticipos por Sociedades y los extiende a todas las empresas [Más info] [Texto publicado]


[N]

El taxi, víctima de sí mismo y del nuevo consumo [Más info] [Texto publicado]


[N]

La AEPD perdona una multa de más de 40.000 euros a un informático en paro [Más info] [Texto publicado]


[N]

La plataforma “España siempre” propone elegir el CGPJ por sorteo entre los jueces [Más info] [Texto publicado]


[N]

Las asociaciones de jueces y fiscales acuerdan paros de cuatro horas y una huelga de celo [Más info] [Texto publicado]


Legislación Estatal

Normas más importantes publicadas en los últimos días [Más info]
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[L]

[BOE] Resolución de 22 de enero de 2019, del Congreso de los Diputados, por la que se ordena la publicación del Acuerdo de derogación del Real Decreto-ley 21/2018, de 14 de diciembre, de medidas urgentes en materia de vivienda y alquiler. BOE 24 - 1 - 2019 [Más info] [Texto publicado]


[L]

[BOE] Orden TMS/40/2019, de 21 de enero, por la que se establecen para el año 2019, las bases de cotización a la Seguridad Social de los trabajadores del Régimen Especial del Mar incluidos en los grupos segundo y tercero. BOE 24 - 1 - 2019 [Más info] [Texto publicado]


Legislación Autonómica

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[BOE] Ley [COMUNIDAD AUTÓNOMA DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS] 13/2018, de 21 de diciembre, de modificación de la Ley 3/1985, de 26 de diciembre, de ordenación de la Función Pública, sobre el régimen retributivo en la situación de incapacidad temporal. BOE 24 - 1 - 2019 [Más info] [Texto publicado]


Legislación Comunitaria

[L]

[DOCE] Revisado el DOUE de hoy, no encontramos disposiciones reseñables DOCE 24 - 1 - 2019 [Más info] [Texto publicado]



[Jurisprudencia] [TJUE] Un Estado miembro que ha notificado su intención de retirarse de la Unión de conformidad con el artículo 50 TUE sigue siendo el Estado responsable en el sentido del Reglamento Dublín III.
Corresponde a cada Estado miembro determinar las circunstancias en que desea hacer uso de su facultad discrecional y aceptar examinar él mismo una solicitud de protección internacional de la que no es responsable

El 10 de enero de 2017, el International Protection Appeals Tribunal [Tribunal de Apelación en materia de Protección Internacional (IPAT), Irlanda] confirmó una decisión del Comisionado irlandés para los Refugiados en la que se recomendaba el traslado de S.A. y M.A y del hijo de ambos, A.Z., al Reino Unido. El Comisionado había considerado que el Reino Unido era el país responsable de hacerse cargo de las solicitudes de asilo presentadas por S.A. y M.A. sobre la base del Reglamento Dublín III. 
El IPAT consideró que carecía de competencia para ejercer la facultad que confiere la cláusula discrecional  establecida en dicho Reglamento, según la cual cualquier Estado miembro puede decidir examinar una solicitud de protección internacional que le sea presentada, aun cuando este examen no le incumba en virtud de los criterios de determinación del Estado miembro responsable.
La High Court (Tribunal Superior, Irlanda), que conoce del recurso interpuesto contra la resolución del IPAT, consideró que, para resolver el litigio del que conoce, es necesario determinar previamente las implicaciones que puede tener para el sistema de Dublín el proceso de retirada del Reino Unido de la Unión. Por lo tanto, planteó varias cuestiones prejudiciales al Tribunal de Justicia.
En su sentencia dictada hoy, el Tribunal de Justicia comienza recordando que la notificación por un Estado miembro de su intención de retirarse de la Unión de conformidad con el artículo 50 TUE no produce el efecto de suspender la aplicación del Derecho de la Unión en ese Estado miembro y que, por consiguiente, ese Derecho sigue plenamente en vigor en dicho Estado hasta la retirada efectiva de este de la Unión.
Añade que se desprende claramente del tenor de la cláusula discrecional establecida en el Reglamento Dublín III que dicha cláusula es de naturaleza facultativa y que la facultad que confiere no está sujeta a ningún requisito particular. Pretende permitir a cada Estado miembro decidir de forma soberana, en función de consideraciones políticas, humanitarias o prácticas, si acepta examinar una solicitud de protección internacional a pesar de no ser responsable con arreglo a los criterios definidos en dicho Reglamento. Esto es coherente tanto con la finalidad de esa cláusula, a saber, salvaguardar las prerrogativas de los Estados miembros en el ejercicio del derecho a conceder protección internacional, como con la reiterada jurisprudencia del Tribunal de Justicia según la cual las disposiciones facultativas otorgan un amplio margen de apreciación a los Estados miembros.
El Tribunal de Justicia considera que el hecho de que un Estado miembro —en el presente asunto, el Reino Unido—, designado como responsable a efectos del Reglamento Dublín III, haya notificado su intención de retirarse de la Unión de conformidad con el artículo 50 TUE no obliga al Estado miembro encargado de la determinación —en el presente asunto, Irlanda— a examinar él mismo, con arreglo a la cláusula discrecional, la solicitud de protección internacional.
Además, el Tribunal de Justicia ha examinado si el Reglamento Dublín III debe interpretarse en el sentido de que exige que la determinación del Estado miembro responsable con arreglo a los criterios definidos en ese Reglamento y el ejercicio de la cláusula discrecional establecida en él sean competencia de la misma autoridad nacional. A este respecto, el Tribunal de Justicia apunta que el Reglamento Dublín III no contiene ninguna disposición que indique qué autoridad está facultada para adoptar una decisión con arreglo a los criterios definidos en dicho Reglamento relativos a la determinación del Estado miembro responsable o con arreglo a la cláusula discrecional ni tampoco precisa si un Estado miembro debe encomendar la tarea de aplicar tales criterios y la de ejercer esa cláusula discrecional a la misma autoridad. En cambio, el Reglamento sí establece que cada Estado miembro notificará sin demora a la Comisión las autoridades específicas encargadas del cumplimiento de las obligaciones derivadas del propio Reglamento y toda modificación de tales autoridades.
El Tribunal de Justicia concluye que corresponde a los Estados miembros decidir qué autoridades nacionales son competentes para aplicar el Reglamento Dublín III. Añade que un Estado miembro es libre de encomendar a autoridades distintas la tarea de aplicar los criterios definidos en ese Reglamento relativos a la determinación del Estado miembro responsable y la de ejercer la cláusula discrecional de dicho Reglamento.
Por otra parte, las disposiciones del Reglamento Dublín III  no imponen a un Estado miembro que no es responsable, en virtud de los criterios establecidos en ese Reglamento, de examinar una solicitud de protección internacional que tenga en cuenta el interés superior del niño y que examine él mismo esa solicitud, con arreglo a la cláusula discrecional de dicho Reglamento.
Además, el Tribunal de Justicia considera que el Reglamento Dublín III no exige que exista un recurso contra la decisión de no hacer uso de la cláusula discrecional, sabiendo que dicha decisión podrá ser impugnada con ocasión de un recurso contra la decisión de traslado.
Por último, el Tribunal de Justicia declara que, a falta de prueba en contrario, el Reglamento Dublín III establece una presunción según la cual redunda en el interés superior del niño tratar la situación de este de forma indisociable de la de sus padres.

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[Jurisprudencia] [TS][Mercantil] Asesuradora. Repetición por deficiente prestación sanitaria. Acción entre aseguradoras.

Quien recurre en casación, ASISA, ejercita una acción de repetición del artículo 1145 del Código Civil , y subsidiariamente, la acción del artículo 1904, para que se le abone la cantidad de 136.435,63 euros que pagó como obligado solidario por una deficiente prestación sanitaria, en virtud de sentencia de 23 de febrero de 2012, del Juzgado de 1ª Instancia n.º 5 de Badajoz . La reclamación la formula frente a los doctores que intervinieron en el acto médico negligente y sus respectivas aseguradoras.

La sentencia que ahora se recurre estimó la demanda únicamente respecto a los dos médicos, a razón de un tercio de la suma abonada (45.478,54 a cada uno), y absolvió a las aseguradoras a quienes los perjudicados no demandaron en aquel pleito.

El Supremo estima el recurso.

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[Jurisprudencia] [TS][Penal] Delito fiscal.
Determinación de la cuota en el impuesto de sociedades. Intereses moratorios: doctrina de la Sala. [Texto publicado] [Volver]

[Jurisprudencia] [TS][Contencioso-Advo] Libertad sindical. Incompatibilidad. Liberada sindical a jornada completa. Percibe complemento específico superior al 30% y accede al puesto por su licenciatura en derecho. Labores de asesoramiento jurídico pre-procesal y en juicio en sindicato AFAPNA (art 16.4 Ley 53/1994 Incompatibilidades del Personal de las Administraciones Públicas).

El Supremo admite a trámite el recurso de la Administración Autonómica y declarar que la cuestión planteada en el recurso que presenta interés casacional objetivo para la formación de la jurisprudencia consiste en determinar lo siguiente: si el personal al servicio de la Administración Pública liberado sindical que presta servicios en desarrollo de su actividad sindical le resulta o no de aplicación la normativa sobre incompatibilidades del personal al servicio de las Administraciones Públicas, y más, concretamente, el artículo 16.4 de la Ley 53/1994, 26 de diciembre, Incompatibilidades del Personal de las Administraciones Públicas cuando desempeña labores de asesoramiento jurídico al sindicato y sus afiliados.

Los artículos que, en principio, serán objeto de interpretación serán los artículos 2.2.d) y 1.d.) Ley Orgánica 11/1985, de 2 de agosto, de Libertad Sindical, el artículo 28.1 Constitución Española y artículo 16.4 de la Ley 53/1984, de 26 de diciembre, de incompatibilidades del Personal de las Administraciones Públicas.

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[Noticias] La Audiencia de Murcia atribuye la guarda de un menor al padre porque la conducta de la madre respecto a aquel afecta negativamente al niño
El informe pericial acredita que el conflicto que mantiene con el progenitor paterno “estaría provocando en el niño miedo y dolor emocional”, que “la madre desvaloriza la figura paterna, y que interfiere obstaculizando la relación paterno filial” (poderjudicial.es) [Texto publicado] [Volver]

[Noticias] La Audiencia de Barcelona condena a cinco personas a multas de 120 a 240 euros por la venta ambulante de productos
La sala les absuelve del delito contra la propiedad industrial (poderjudicial.es) [Texto publicado] [Volver]

[Noticias] El TS confirma la condena a una persona que agredió sexualmente a 11 mujeres y desestima la eximente de padecer una enfermedad mental que le impedía reprimir su instinto de ataque sexual
El condenado abordaba a las mujeres en una playa en el término situado entre Sueca y Cullera en Valencia (poderjudicial.es) [Texto publicado] [Volver]

[Noticias] Sánchez analiza incluir la polémica mochila austriaca de despido en su plan de reformas
El Gobierno quiere presentar su "agenda del cambio" este viernes o el próximo (elpais.es) [Texto publicado] [Volver]

[Noticias] Las VTC alertan a Torra de su "responsabilidad administrativa y penal" si aprueba el decreto en favor del Taxi
La patronal de los vehículos con conductor se ha dirigido a varios miembros del gobierno catalán por carta. (elespanol.com) [Texto publicado] [Volver]

[Noticias] Hacienda se llevará más de 700.000 euros del rosco de Pasapalabra
Los técnicos del Ministerio de Hacienda calculan que es lo que el fisco se llevará en impuestos. (20minutos.es) [Texto publicado] [Volver]

[Noticias] Fomento descarta dictar un nuevo decreto de vivienda
El Ministerio se planea introducir medidas para abaratar el alquiler a través de los presupuestos o en una ley ordinaria. Podemos presiona para que se fije un tope a las rentas (lavanguardia.com) [Texto publicado] [Volver]

[Noticias] El Gobierno aumenta los anticipos por Sociedades y los extiende a todas las empresas
Hacienda eleva los pagos fraccionados de Sociedades del 23% al 24% para las empresas que facturan más de 10 millones y del 18% al 24% para el resto. (expansion.com) [Texto publicado] [Volver]

[Noticias] El taxi, víctima de sí mismo y del nuevo consumo
Los taxistas no han sabido ver llegar a la competencia, han dejado fortalecerse a los sustitutivos y no han cuidado su servicio (cincodias.com) [Texto publicado] [Volver]

[Noticias] La AEPD perdona una multa de más de 40.000 euros a un informático en paro
El caso se remonta a un hackeo al Síndicato Unificado de la Policía, que expuso datos de más de 17.700 agentes. La Agencia de Protección de Datos (AEPD) valora que el responsable del tratamiento de esos datos denunciase enseguida los hechos y que este "se encuentre en una delicada situación económica al quedarse en el paro con mujer e hijos a su cargo". (publico.es) [Texto publicado] [Volver]

[Noticias] La plataforma “España siempre” propone elegir el CGPJ por sorteo entre los jueces
La entidad impulsada por el ex ministro Ignacio Camuñas plantea una reforma de la Justicia que prohíba a los magistrados que se pasan a la política volver a ejercer hasta diez años después (elconfidencialdigital.com) [Texto publicado] [Volver]

[Noticias] Las asociaciones de jueces y fiscales acuerdan paros de cuatro horas y una huelga de celo
(confilegal.com) () [Texto publicado] [Volver]

[Legislación] [BOE] Resolución de 22 de enero de 2019, del Congreso de los Diputados, por la que se ordena la publicación del Acuerdo de derogación del Real Decreto-ley 21/2018, de 14 de diciembre, de medidas urgentes en materia de vivienda y alquiler.
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[Legislación] [BOE] Orden TMS/40/2019, de 21 de enero, por la que se establecen para el año 2019, las bases de cotización a la Seguridad Social de los trabajadores del Régimen Especial del Mar incluidos en los grupos segundo y tercero.
[Texto publicado] [Volver]

[Legislación] [BOE] Ley [COMUNIDAD AUTÓNOMA DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS] 13/2018, de 21 de diciembre, de modificación de la Ley 3/1985, de 26 de diciembre, de ordenación de la Función Pública, sobre el régimen retributivo en la situación de incapacidad temporal.
[Texto publicado] [Volver]

[Legislación] [DOCE] Revisado el DOUE de hoy, no encontramos disposiciones reseñables
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Las e-fuentes consultadas: Legislación: DOCE, BOE, Boletín Oficial de las Cortes Generales (BOCG). Jurisprudencia: TC, TS, TJCE y TEDH. Noticias: europa press, EFE, EL PAÍS, EL MUNDO, ABC, LA RAZÓN, LA VANGUARDIA, EXPANSIÓN, a3n.tv, libertaddigital.com, 20minutos.es, 5dias.com, cope.es, vnet.es, diariodirecto.com

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Este diario es una publicación distribuida por paraprofesionales.com y se dirige exclusivamente a sus suscriptores. Su reenvío a terceras personas distintas del destinatario requiere autorización expresa de paraprofesionales.com. No nos hacemos responsables de las decisiones tomadas con base en el contenido del presente diario. Las colaboraciones firmadas recogen la opiniones de sus autores.

Las sentencias publicadas han sido suministradas por el Centro de Documentación Judicial o por los Gabinetes de Prensa del CGPJ

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