[J]

[TS][Civil] Cláusula suelo. Efectos restitutorios de la declaración de nulidad. Devolución de las cantidades cobradas en aplicación de la cláusula declarada nula con sus intereses. Inexistencia de cosa juzgada. Acciones individuales y colectivas. [Más info] [Texto publicado]


[J]

[TS][Penal] Condena por un delito de venta de dos bolsitas de cocaína en una escasa cuantía. [Más info] [Texto publicado]


[J]

[TS][Contencioso-Advo] Impuesto de sucesiones. Liquidación dictada por Inspector nombrado por encargo de funciones, una vez expirado el nombramiento. Incongruencia extra petita y falta de planteamiento de la tesis: No ha lugar, la Sala de instancia resolvió dentro de los límites fijados por las partes. Incompetencia material versus funcional: Los actos emanados de funcionarios sin nombramientos son nulos de pleno derecho. [Más info] [Texto publicado]


[J]

[TS][Social] Despido. Falta de llamamiento de trabajadores fijos discontinuos, en número superior a los umbrales del artículo 51.1 ET, que se produce como consecuencia de un acuerdo fin de huelga en el que se pactó que los trabajadores afectados por la falta de llamamiento interpondrían demanda de despido que sería conciliada como despido improcedente indemnizado con 25 días por año de servicio. Necesidad de seguir el trámite de despido colectivo cuando el número de extinciones supera los umbrales del artículo 51 ET y concurrir un sustrato de causas de índole económica, organizativa y productiva en las decisiones extintivas. Se trata de una exigencia legal que no puede ser obviada por pacto o acuerdo colectivo, ni siquiera por pacto fin de huelga. Despido que es calificado como nulo. Aplica el mismo criterio que los asuntos deliberados en el día de la fecha rcud.1623/2016 y 1246/16. [Más info] [Texto publicado]


[N]

Un juez avala que mostrar esteladas en la final de Copa es libertad de expresión [Más info] [Texto publicado]


[N]

Rajoy llevará este viernes al TC el reglamento de la ruptura exprés [Más info] [Texto publicado]


[N]

Un fallo de seguridad en LexNET deja al descubierto miles de casos judiciales [Más info] [Texto publicado]


[N]

El CGPJ prohíbe a Cataluña vigilar el trabajo de los jueces [Más info] [Texto publicado]


[N]

Dos millones de padres y madres se juegan en el Supremo que Hacienda les devuelva 1.000 euros [Más info] [Texto publicado]


Legislación Estatal

Normas más importantes publicadas en los últimos días [Más info]
Acceso a los Boletines Oficiales [aquí]


[L]

[BOE] Recurso de inconstitucionalidad n.º 1690-2017, contra la disposición adicional 40ª de la Ley 4/2017, de 28 de marzo, de Presupuestos de la Generalitat de Catalunya para 2017. BOE 28 - 7 - 2017 [Más info]


[L]

[BOE] Recurso de inconstitucionalidad n.º 3277-2017, contra la Ley del Principado de Asturias 2/2017, de 24 de marzo, de segunda modificación de la Ley del Principado de Asturias 3/2004, de 23 de noviembre, de Montes y Ordenación Forestal. BOE 28 - 7 - 2017 [Más info]


[L]

[BOE] Recurso de inconstitucionalidad n.º 3410-2017, contra la Disposición adicional vigésimo primera de la Ley 4/2017, de 28 de marzo, del Parlamento de Cataluña, de Presupuestos de la Generalitat de Cataluña para el año 2017. BOE 28 - 7 - 2017 [Más info]


Legislación Comunitaria

[L]

[DOCE] Revisado el DOUE de hoy, núm. 197, no encontramos disposiciones reseñables DOCE 28 - 7 - 2017 [Más info] [Texto publicado]


[L]

[DOCE] Reglamento (UE) 2017/1370 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 4 de julio de 2017, por el que se modifica el Reglamento (CE) n.o 1683/95 del Consejo por el que se establece un modelo uniforme de visado DOCE 28 - 7 - 2017 [Más info] [Texto publicado]


[L]

[DOCE] Directiva (UE) 2017/1371 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 5 de julio de 2017, sobre la lucha contra el fraude que afecta a los intereses financieros de la Unión a través del Derecho penal DOCE 28 - 7 - 2017 [Más info] [Texto publicado]



[Jurisprudencia] [TS][Civil] Cláusula suelo. Efectos restitutorios de la declaración de nulidad. Devolución de las cantidades cobradas en aplicación de la cláusula declarada nula con sus intereses. Inexistencia de cosa juzgada. Acciones individuales y colectivas.

1. La cuestión objeto de este recurso de casación es la referida a los efectos restitutorios de la declaración de nulidad de la denominada cláusula suelo.

2.- Los hoy recurrentes presentaron una demanda en la que ejercitaron una acción individual de nulidad de la condición general tercera bis, apartado e), en que se establecía la llamada «cláusula suelo» en el contrato de préstamo hipotecario que concertaron con Abanca Corporación Bancaria S.A. (antes NCG Banco S.A., en lo sucesivo, Abanca) el 29 de marzo de 2007.

La sentencia del Juzgado Mercantil declaró la nulidad de la cláusula suelo y condenó a la entidad bancaria a reintegrar a los prestatarios todas las cantidades cobradas en aplicación del «suelo» por encima del interés variable que hubiera resultado de la aplicación del diferencial al índice de referencia.

3.- Abanca recurrió en apelación la sentencia del Juzgado Mercantil.

La Audiencia Provincial, invocando la doctrina sentada en la sentencia 241/2013, de 9 de mayo, confirmó la nulidad de la «cláusula suelo», por falta de transparencia, pero limitó los efectos restitutorios de tal declaración de nulidad, en realidad, los suprimió, puesto que dejó sin efecto el pronunciamiento de la sentencia de primera instancia que acordaba tal restitución «eliminando la condena de NCG Banco SA a reintegrar a los demandantes las cantidades cobradas en aplicación del tipo mínimo por encima del interés variable más el diferencial fijado».

4.- Los prestatarios recurrieron la sentencia de la Audiencia Provincial mediante un recurso de casación.

El Supremo estima el recurso.

[Texto publicado] [Volver]

[Jurisprudencia] [TS][Penal] Condena por un delito de venta de dos bolsitas de cocaína en una escasa cuantía.
Aplicación de la medida de expulsión del país una vez que cumpla los dos tercios de la pena privativa de libertad, fijada en dos años y seis meses de prisión.
Se confirma la condena al no considerarse infringido el derecho a la presunción de inocencia. Y se confirma la medida de expulsión del acusado, que es reincidente, por no constar acreditado ante la Audiencia que goce de una situación de arraigo en nuestro país, donde reside sin haber obtenido permiso de residencia. [Texto publicado] [Volver]

[Jurisprudencia] [TS][Contencioso-Advo] Impuesto de sucesiones. Liquidación dictada por Inspector nombrado por encargo de funciones, una vez expirado el nombramiento. Incongruencia extra petita y falta de planteamiento de la tesis: No ha lugar, la Sala de instancia resolvió dentro de los límites fijados por las partes. Incompetencia material versus funcional: Los actos emanados de funcionarios sin nombramientos son nulos de pleno derecho.

Es objeto del presente recurso de casación la sentencia de fecha 10 de marzo de 2016 de la Sección Segunda de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña , desestimatoria del recurso contencioso administrativo dirigido contra Resolución de 14 de febrero de 2013, del Tribunal Económico Administrativo Central, por la que se estimó la reclamación económico administrativa formulada contra el acuerdo de liquidación de fecha 27 de noviembre de 2009 dictado por el Jefe de la Inspección Territorial de la Delegación de Barcelona de la Agencia Tributaria de Catalunya, derivado del acta de disconformidad en concepto de Impuesto de Sucesiones y Donaciones por importe de 748.289,91 €.

Se recoge en la sentencia impugnada, y no se discute por las partes, los hechos tenidos en cuenta por el órgano juzgador:

«En cuanto a la demanda formulada debe tenerse en cuenta que consta en la actuaciones que por Resolución del director de la Agencia tributaria de Catalunya de fecha 2.2.2008 se encomendaron los funciones de Jefe de la Inspección Territorial de Barcelona a D. Pablo , situación en la que permaneció hasta el 29 de abril de 2010.

La forma de provisión de tal puesto de trabajo es la de encargo de servicios, establecida en el artículo 6 apartado b) del Decreto 123/1997 »; transcribiendo a continuación la legislación aplicable para concluir que «siendo el nombramiento de fecha 2.2.2008 el plazo de ejercicio del cargo expiraba el 2.7.2008.

Consta asimismo que la Agencia Tributaria de Catalunya entró en funcionamiento el 1.1.2008, y no fue hasta el 5.3.2010 que se hizo publica la convocatoria de diversos puestos de trabajo en la misma entre los que se encontraba el de Jefe de la Inspección Territorial de Barcelona, concurso que no fue resuelto hasta el 19.4.2010 y publicada en el DOGC de 28.4.2010 en la que se nombró a D. Pablo .

De ello se desprende con claridad como así entiende el TEAC que al producirse la liquidación objeto del presente procedimiento el 27.11.2009, la persona que ocupaba el cargo de Jefe de la Inspección Territorial de la Delegación de Barcelona de la Agencia Tributaria de Catalunya había cesado en sus funciones y en consecuencia carecía de competencia para ello».

El Supremo desestima el recurso.

[Texto publicado] [Volver]

[Jurisprudencia] [TS][Social] Despido. Falta de llamamiento de trabajadores fijos discontinuos, en número superior a los umbrales del artículo 51.1 ET, que se produce como consecuencia de un acuerdo fin de huelga en el que se pactó que los trabajadores afectados por la falta de llamamiento interpondrían demanda de despido que sería conciliada como despido improcedente indemnizado con 25 días por año de servicio. Necesidad de seguir el trámite de despido colectivo cuando el número de extinciones supera los umbrales del artículo 51 ET y concurrir un sustrato de causas de índole económica, organizativa y productiva en las decisiones extintivas. Se trata de una exigencia legal que no puede ser obviada por pacto o acuerdo colectivo, ni siquiera por pacto fin de huelga. Despido que es calificado como nulo. Aplica el mismo criterio que los asuntos deliberados en el día de la fecha rcud.1623/2016 y 1246/16.

El trabajador demandante en este proceso recurre en casación para la unificación de doctrina, la sentencia de 23 de noviembre de 2015 (recurso 343/2015) de la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Murcia que, estimando en parte el recurso de suplicación interpuesto por la empresa demandada, revocó parcialmente la resolución de instancia que había declarado la nulidad del despido, cambiando su calificación a improcedente.

Constituyen antecedentes de interés por lo que al presente recurso interesa, los siguientes: a) El trabajador demandante venía prestando servicios para la empresa demandada L S.L.U., con una antigüedad desde el 12/06/2006. Las jornadas trabajadas han sido 1200; b) El trabajador no fue llamado a la campaña del año 2013, a pesar de que la empresa ha realizado 99 contratos para personal agrícola en noviembre de 2013 con personal cedido por la ETT I S.L; c) ante esta falta de llamamiento interpuso la demanda de despido rectora de las actuaciones; d) en fecha 11 de octubre de 2013 el sindicato FITAG UGT (Murcia) realizó un comunicado de convocatoria de huelga en la empresa demandada, en el que, a los efectos que ahora interesa, se ponía de manifiesto la existencia de un grupo de trabajadores fijos discontinuos que vieron reducidos sus llamamientos, por circunstancias ajenas a los mismos e imputables al empresario, para significar a continuación que la empresa había arrendado uno de sus almacenes y los trabajadores que prestaban servicios en el mismo ya no son llamados en la campaña 2013 porque esas tareas las realizaba el personal de la empresa arrendataria y de una empresa de trabajo temporal. Tras lo que finalmente se anunciaba que "El objetivo de la huelga, es que la mercantil de trabajo efectivo a las cuadrillas que por decisiones no imputables a los trabajadores, han visto reducidos de manera sensible sus llamamientos, y carga de trabajo, dándoles ocupación en otras empresas del grupo. Y de manera subsidiaria para el caso de que no fuera posible, la misma realice un expediente de Regulación de empleo en materia de extinción de los contratos"; e) en fecha 1 de noviembre de 2013 la empresa y la representación legal de los trabajadores firmaron un pacto de fin de huelga, en el que se alcanzaron los siguientes acuerdos: 1) que el sindicato UGT interpondrá papeleta y demanda de despido en nombre de los trabajadores afectados por la falta de llamamiento, y la empresa llegará a un acuerdo en el Juzgado para fijar una indemnización por despido de 25 días por año trabajado; 2) la empresa entregará un listado de trabajadores afectados con un mínimo de veinticinco y un máximo de cincuenta, y el comité de empresa hará entrega de una lista de cinco trabajadores que voluntariamente quieren ir incluidos; 3. con los restantes trabajadores fijos discontinuos, a los que la Empresa garantiza su ocupación y llamamiento, se elaborará un nuevo Censo de Fijos Discontinuos para regular el llamamiento al trabajo. Estos listados estarán consensuados entre las partes, antes del acuerdo en el Juzgado sobre los despedidos; f) En aplicación de dicho acuerdo, la empresa no llamó en la siguiente campaña a un número de trabajadores fijos discontinuos que en cómputo total superaron los umbrales del despido colectivo; y, g) algunos de ellos, como es el caso del actor, no aceptaron las condiciones ofertadas por la empresa para la extinción del contrato de trabajo conforme a lo pactado en el acuerdo de fin de huelga

El Supremo estima el recurso del trabajador.

[Texto publicado] [Volver]

[Noticias] Un juez avala que mostrar esteladas en la final de Copa es libertad de expresión
El juzgado de lo Contencioso Administrativo 11 de Madrid apoya el uso de las banderas en la final de la Copa del Rey de 2016 (elpais.es) [Texto publicado] [Volver]

[Noticias] Rajoy llevará este viernes al TC el reglamento de la ruptura exprés
El Consejo de Ministros impugnará el nuevo reglamento del Parlament este mismo viernes. (elespanol.com) [Texto publicado] [Volver]

[Noticias] Un fallo de seguridad en LexNET deja al descubierto miles de casos judiciales
El sistema que el Ministerio obliga a usar a todos los abogados de España permitía a un usuario acceder a los buzones de otros letrados. En ellos hay pruebas judiciales, comunicaciones y datos personales de las personas implicadas en los procedimientos. Justicia no aclara durante cuánto tiempo ha estado comprometido el sistema. (20minutos.es) [Texto publicado] [Volver]

[Noticias] El CGPJ prohíbe a Cataluña vigilar el trabajo de los jueces
Dispone que el plan de la Generalitat para inspeccionar los órganos jurisdiccionales invade competencias constitucionales (abc.es) [Texto publicado] [Volver]

[Noticias] Dos millones de padres y madres se juegan en el Supremo que Hacienda les devuelva 1.000 euros
Dos millones de papás están pendientes de una importante resolución del Supremo que siente doctrina y confirme si les corresponde o no recuperar 1.000 euros en la declaración de la Renta. Hacienda se encuentra también expectante ante esa decisión que establecerá si se debe tributar o no en el IRPF por la prestación por maternidad. (elconfidencialdigital.com) [Texto publicado] [Volver]

[Legislación] [BOE] Recurso de inconstitucionalidad n.º 1690-2017, contra la disposición adicional 40ª de la Ley 4/2017, de 28 de marzo, de Presupuestos de la Generalitat de Catalunya para 2017.
El Pleno del Tribunal Constitucional, por Auto de 18 de julio actual, ha acordado: Declarar la extinción del recurso de inconstitucionalidad núm. 1690-2017 por desaparición sobrevenida de su objeto. Dicho recurso de inconstitucionalidad fue admitido a trámite el 9 de mayo de 2017 («Boletín Oficial del Estado» núm. 115, del 15). [Volver]

[Legislación] [BOE] Recurso de inconstitucionalidad n.º 3277-2017, contra la Ley del Principado de Asturias 2/2017, de 24 de marzo, de segunda modificación de la Ley del Principado de Asturias 3/2004, de 23 de noviembre, de Montes y Ordenación Forestal.
El Pleno del Tribunal Constitucional, por providencia de 18 de julio actual, ha acordado admitir a trámite el recurso de inconstitucionalidad núm. 3277-2017, promovido por más de cincuenta Diputados del Grupo Parlamentario Confederal de Unidos Podemos-En Comú Podem-En Marea, contra la Ley del Principado de Asturias 2/2017, de 24 de marzo, de segunda modificación de la Ley del Principado de Asturias 3/2004, de 23 de noviembre, de Montes y Ordenación Forestal. [Volver]

[Legislación] [BOE] Recurso de inconstitucionalidad n.º 3410-2017, contra la Disposición adicional vigésimo primera de la Ley 4/2017, de 28 de marzo, del Parlamento de Cataluña, de Presupuestos de la Generalitat de Cataluña para el año 2017.
El Pleno del Tribunal Constitucional, por providencia de 18 de julio actual, ha acordado admitir a trámite el recurso de inconstitucionalidad núm. 3410-2017, promovido por la Defensora del Pueblo, contra la Disposición adicional vigésimo primera de la Ley 4/2017, de 28 de marzo, del Parlamento de Cataluña, de Presupuestos de la Generalitat de Cataluña para el año 2017. [Volver]

[Legislación] [DOCE] Revisado el DOUE de hoy, núm. 197, no encontramos disposiciones reseñables
[Texto publicado] [Volver]

[Legislación] [DOCE] Reglamento (UE) 2017/1370 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 4 de julio de 2017, por el que se modifica el Reglamento (CE) n.o 1683/95 del Consejo por el que se establece un modelo uniforme de visado
[Texto publicado] [Volver]

[Legislación] [DOCE] Directiva (UE) 2017/1371 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 5 de julio de 2017, sobre la lucha contra el fraude que afecta a los intereses financieros de la Unión a través del Derecho penal
[Texto publicado] [Volver]


¿Desea comunicar noticias sobre la actividad de su despacho?

Puede remitirnoslas por e-mail haciendo clic aquí o por fax al 901 02 03 62. Si desea recibir los textos completos de la legislación o la jurisprudencia recogidas en este diario puede solicitarlos llamando al 902 19 88 32 y se los remitiremos por e-mail (servicio exclusivo para suscriptores).

Fuentes

Las e-fuentes consultadas: Legislación: DOCE, BOE, Boletín Oficial de las Cortes Generales (BOCG). Jurisprudencia: TC, TS, TJCE y TEDH. Noticias: europa press, EFE, EL PAÍS, EL MUNDO, ABC, LA RAZÓN, LA VANGUARDIA, EXPANSIÓN, a3n.tv, libertaddigital.com, 20minutos.es, 5dias.com, cope.es, vnet.es, diariodirecto.com

Documentación oficial: Presidencia del Gobierno, Ministerio de Hacienda-Agencia Tributaria, Ministerio de Trabajo-Seguridad Social, Ministerio de Justicia y CGPJ. Documentación corporativa: Consejo General de la Abogacía-Colegio de Abogados de Madrid, Consejo General del Notariado, Colegio de Registradores, Consejo General de Procuradores-Colegio de Madrid, Asociaciones judiciales (APM, JpD, Fco. Vitoria), Confederación Española de Organizaciones Empresariales CEOE, Instituto de la Empresa Familiar, Unión General de los Trabajadores UGT, Comisiones Obreras CCOO, Asociación Española de Usuarios de Internet (AUI), Asociación de Internautas, Sociedad General de Autores y Editores (SGAE).

© 2002-2015 PYB ENTERPRISES S.L. Este diario es una publicación distribuida por paraprofesionales.com y se dirige exclusivamente a sus suscriptores. Su reenvío a terceras personas distintas del destinatario requiere autorización expresa de paraprofesionales.com. No nos hacemos responsables de las decisiones tomadas con base en el contenido del presente diario. Las colaboraciones firmadas recogen la opiniones de sus autores.

Las sentencias publicadas han sido suministradas por el Centro de Documentación Judicial o por los Gabinetes de Prensa del CGPJ

Claúsulas suelo ¿se puede negociar con el banco ?

Claúsulas suelo ¿se puede negociar con el banco ?

486 páginas, 2ª edición, julio 2017,

Precio: 52,00€ Oferta: 49,40€ (iva incl.) En mano 24 H

Pedir   Más info  Indice
913517750 Pedidos 913 517 750

Índice de Referencia de Préstamos Hipotecarios (IRPH): Guía práctica para conseguir su nulidad

Índice de Referencia de Préstamos Hipotecarios (IRPH): Guía práctica para conseguir su nulidad

264 páginas, 1ª edición, julio 2017,

Precio: 35,00€ Oferta: 33,25€ (iva incl.) En mano 24 H

Pedir   Más info  Indice
913517750 Pedidos 913 517 750

Practicum Administración de Fincas 2017

Practicum Administración de Fincas 2017

1150 páginas, edición anual, julio 2017, Papel + Ebook

Precio: 105,00€ Oferta: 99,75€ (iva incl.) En mano 24 H

Pedir   Más info  Indice
913517750 Pedidos 913 517 750

Guía laboral, empleo y seguridad social 2017

Guía laboral, empleo y seguridad social 2017

900 páginas, edición anual, julio 2017,

Precio: 30,00€ Oferta: 28,51€ (iva incl.) En mano 24 H

Pedir   Más info
913517750 Pedidos 913 517 750

Memento Práctico Sucesiones 2017-2018

Memento Práctico Sucesiones 2017-2018

630 páginas, edición anual, julio 2017,

Precio: 105,04€ Oferta: 99,79€ (iva incl.) En mano 24 H

Pedir   Más info  Indice
913517750 Pedidos 913 517 750

Memento Práctico Transmisiones 2017-2018

Memento Práctico Transmisiones 2017-2018

edición anual, julio 2017,

Precio: 107,12€ Oferta: 101,76€ (iva incl.) En mano 24 H

Pedir   Más info  Indice
913517750 Pedidos 913 517 750

Memento Experto Compliance Penal

Memento Experto Compliance Penal

300 páginas, 1ª edición, julio 2017,

Precio: 39,52€ Oferta: 37,54€ (iva incl.) En mano 24 H

Pedir   Más info  Indice
913517750 Pedidos 913 517 750

Claves Prácticas Compliance Laboral

Claves Prácticas Compliance Laboral

200 páginas, 1ª edición, julio 2017,

Precio: 30,16€ Oferta: 28,65€ (iva incl.) En mano 24 H

Pedir   Más info  Indice
913517750 Pedidos 913 517 750

Códigos profesionales

Código Penal. Comentado, con jurisprudencia sistematizada y concordancias

Código Penal. Comentado, con jurisprudencia sistematizada y concordancias

1500 páginas, 4ª edición, julio 2017,

Precio: 100,88€ Oferta: 95,84€ (iva incl.) En mano 24 H

Pedir   Más info  Indice
913517750 Pedidos 913 517 750