[J]

[TS][Civil] Conflicto entre la libertad de información y los derechos a la intimidad personal y familiar y a la propia imagen por la publicación de un reportaje y foto en un periódico local que incluye datos que permiten identificar a la víctima. Trascendencia de que la fotografía publicada fuera obtenida fuera accesible en las redes sociales (Facebook) [Más info] [Texto publicado]


[J]

[TS][Contencioso-Advo] Coaliciones electorales no pueden usar nombre similares a los partidos Podemos y Ciudadanos. [Más info] [Texto publicado]


[J]

[TS][Social] Tutela del derecho de huelga formulada por el sindicato AST contra Telefónica. Inexistencia de vulneración del mismo cuando entre los trabajadores en huelga, pertenecientes a las diez empresas que subcontratan actividad de provisión de servicios finales de telecomunicaciones, y Telefónica no hay vínculo laboral alguno y por ello no cabe exigir el cumplimiento de los deberes de negociación que impone el artículo 8.2 del RDL 17/1977, que solo alcanzarías a las empresas que emplean a los huelguistas y que no fueron demandadas en el proceso. [Más info] [Texto publicado]


[N]

El CGPJ señala que la transcripción desde soporte digital a soporte papel de las testificales y periciales no se ajusta al ordenamiento jurídico [Más info] [Texto publicado]


[N]

Si compras un inmueble, el vendedor puede repercutirte el IBI [Más info] [Texto publicado]


[N]

El Supremo de Rusia confirma la prohibición a los Testigos de Jehová por "extremistas" [Más info] [Texto publicado]


[N]

Un nuevo impuesto penalizará el automóvil a partir del 2018 [Más info] [Texto publicado]


[N]

El detenido por el ataque contra el Borussia quería ganar dinero con las acciones del club en Bolsa [Más info] [Texto publicado]


[N]

Afloran 430.773 empleos irregulares gracias a la lucha contra el fraude [Más info] [Texto publicado]


[N]

La Ertzaintza utilizará armas eléctricas sin conocer sus daños sobre la salud [Más info] [Texto publicado]


[N]

Catalunya empezará a cobrar el impuesto al azúcar con el miedo a que lo tumbe Montoro [Más info] [Texto publicado]


Legislación Estatal

Normas más importantes publicadas en los últimos días [Más info]
Acceso a los Boletines Oficiales [aquí]


[L]

[BOE] Resolución de 7 de abril de 2017, de la Secretaría General del Fondo de Garantía Salarial, por la que se aprueba el modelo de solicitud de prestaciones, establecidas en el artículo 33 del Texto Refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores. BOE 21 - 4 - 2017 [Más info] [Texto publicado]


Legislación Autonómica

[L]

[BOE] Ley [COMUNIDAD AUTÓNOMA DE ANDALUCÍA] 2/2017, de 28 de marzo, de Memoria Histórica y Democrática de Andalucía. BOE 21 - 4 - 2017 [Más info] [Texto publicado]


[L]

[BOE] Ley [COMUNIDAD AUTÓNOMA DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS] 2/2017, de 24 de marzo, de segunda modificación de la Ley 3/2004, de 23 de noviembre, de Montes y Ordenación Forestal. BOE 21 - 4 - 2017 [Más info] [Texto publicado]



[Jurisprudencia] [TS][Civil] Conflicto entre la libertad de información y los derechos a la intimidad personal y familiar y a la propia imagen por la publicación de un reportaje y foto en un periódico local que incluye datos que permiten identificar a la víctima. Trascendencia de que la fotografía publicada fuera obtenida fuera accesible en las redes sociales (Facebook)

1.- El 8 de julio de 2013, en la edición en papel y digital del diario «La opinión-El correo de Zamora» se publicó un reportaje sobre un suceso ocurrido el día anterior, consistente en que el demandante fue herido por su hermano, quien le disparó con un arma de fuego y luego se suicidó.

El artículo periodístico contenía datos que permitían identificar al demandante: su nombre ( Millán ), el de su hermano, y las iniciales de sus apellidos, el apodo de su hermano, la dirección exacta del domicilio familiar, que su padre había sido médico en un determinado pueblo de la provincia, referencias a la notoriedad de la familia en la localidad, etc. Asimismo, al informar sobre quienes habían presenciado los hechos, se indicaba que la madre del demandante padecía la enfermedad de Alzheimer.

En el reportaje publicado en la edición en papel del diario se incluyó una fotografía del demandante, que había sido obtenida de su perfil de Facebook .

2.- El demandante interpuso la demanda origen de este recurso, en la que solicitó que se declarase la existencia de una intromisión ilegítima en sus derechos fundamentales a la propia imagen y a la intimidad personal y familiar que le habría causado un daño moral por el que solicitaba que se condenase a la editora del diario a pagarle una indemnización de treinta mil euros (o la suma que estimara el tribunal haciendo uso de la facultad moderadora) y a publicar la parte dispositiva de la sentencia que pusiera fin al procedimiento, así como a retirar las fotografías y datos personales familiares (nombre y dirección del domicilio materno) de la noticia de cuantos ejemplares de la publicación se hallaran en los archivos del periódico y a no volver a publicarlos en cualquier soporte.

La sentencia del Juzgado de Primera Instancia estimó sustancialmente la demanda. La empresa editora del diario apeló la sentencia, pero la Audiencia Provincial desestimó el recurso de apelación.

El Supremo estima parcialmente el recurso de la demandada.[Texto publicado] [Volver]

[Jurisprudencia] [TS][Contencioso-Advo] Coaliciones electorales no pueden usar nombre similares a los partidos Podemos y Ciudadanos.

La representación procesal de la "Coalición Electoral Blanes" y "Ciudadanos por Onil", "Ciudadanos de Monforte", "Podemos en L'Alacanti y La Marina Baixa", interponen recurso contencioso administrativo 834/2015 contra acuerdo de la Junta Electoral Central de 15 de abril de 2015, Expediente 281/194 que desestimó el recurso deducido contra otro de 9 de abril anterior que deniega se utilice las denominaciones adoptadas por las formaciones al inducir a confusión al elector por utilizar la denominación de una formación política inscrita en el Registro de Partidos Políticos.

Las recurrentes sostienen que no puede existir monopolio exclusivo por determinadas fuerzas políticas de palabras como "podemos" "ciudadanos", "socialista", "popular", etc.

El Supremo desestima el recurso.

[Texto publicado] [Volver]

[Jurisprudencia] [TS][Social] Tutela del derecho de huelga formulada por el sindicato AST contra Telefónica. Inexistencia de vulneración del mismo cuando entre los trabajadores en huelga, pertenecientes a las diez empresas que subcontratan actividad de provisión de servicios finales de telecomunicaciones, y Telefónica no hay vínculo laboral alguno y por ello no cabe exigir el cumplimiento de los deberes de negociación que impone el artículo 8.2 del RDL 17/1977, que solo alcanzarías a las empresas que emplean a los huelguistas y que no fueron demandadas en el proceso.

Se plantea en el presente recurso de casación y en el marco limitado de la pretensión de tutela del derecho de huelga, y vinculado con él el de libertad sindical, formulada por el sindicato AST contra Telefónica de España S.A., si ésta empresa vulnera ese derecho fundamental cuando los trabajadores en huelga no pertenecen a su platilla, sino a la de diferentes empresas que subcontratan con aquélla la actividad de provisión de servicios finales de telecomunicaciones, y si en esa situación cabe exigir el cumplimiento por parte de esa empresa de los deberes de negociación que impone en situaciones de huelga el artículo 8.2 del RDL 17/1977 .

En la demanda que dio origen al presente procedimiento, por el sindicato demandante AST se pedía a la Sala de lo Social de la Audiencia Nacional una sentencia en la que se declarase que la única empresa demandada, Telefónica de España S.A. había vulnerado el derecho a la huelga y el derecho a la libertad sindical del sindicato actor, y se obligase a la demandada en consecuencia a reunirse y negociar de buena fe una solución que ponga fin al Conflicto Laboral existente y se condenase a la empresa demandada a estar y pasar por dicha obligación, así como al pago de la cantidad de 4.000 euros en concepto de daños y perjuicios.

La sentencia recurrida en casación desestimó la demanda.

El Supremo desestima el recurso.

[Texto publicado] [Volver]

[Noticias] El CGPJ señala que la transcripción desde soporte digital a soporte papel de las testificales y periciales no se ajusta al ordenamiento jurídico
La Comisión Permanente dice que corresponde a los letrados de la Administración de Justicia cuidar de que la grabación sea realizada con los oportunos puntos de control que permitan acceder con facilidad y agilidad a la parte que se precise.
El órgano de gobierno de los jueces advierte de que para ello es absolutamente imprescindible que las Administraciones competentes pongan a disposición de los órganos judiciales los medios técnicos necesarios (poderjudicial.es) [Texto publicado] [Volver]

[Noticias] Si compras un inmueble, el vendedor puede repercutirte el IBI
El Supremo permite la repercusión del impuesto sobre el comprador en proporción al tiempo en que cada una de las partes haya ostentado la titularidad (elpais.es) [Texto publicado] [Volver]

[Noticias] El Supremo de Rusia confirma la prohibición a los Testigos de Jehová por "extremistas"
"Representa una amenaza para nuestros ciudadanos, el orden público y la seguridad de la sociedad", dijo el tribunal. Los Testigos de Jehová, que consideran que las acusaciones de Justicia son falsas, gratuitas y calumniosas. En marzo, el Gobierno ordenó la suspensión de la organización. (20minutos.es) [Texto publicado] [Volver]

[Noticias] Un nuevo impuesto penalizará el automóvil a partir del 2018
El impuesto progresivo gravará las emisiones de CO2 y nutrirá un fondo para subvencionar la renovación de la flota de automóviles (lavanguardia.com) [Texto publicado] [Volver]

[Noticias] El detenido por el ataque contra el Borussia quería ganar dinero con las acciones del club en Bolsa
La policía alemana ha detenido a Sergei V., de 28 años y doble nacionalidad alemana y rusa, como sospechoso del ataque contra el autobús del Borussia Dortmund. (expansion.com) [Texto publicado] [Volver]

[Noticias] Afloran 430.773 empleos irregulares gracias a la lucha contra el fraude
La lucha contra el fraude llevada a cabo desde 2012 ha hecho aflorar 430.773 empleos de economía sumergida, según ha avanzado la ministra de Empleo (elconfidencial.com) [Texto publicado] [Volver]

[Noticias] La Ertzaintza utilizará armas eléctricas sin conocer sus daños sobre la salud
El Gobierno Vasco destina 50 mil euros a la compra de ese armamento, destinado a los nuevos “SWAT” de la Policía autonómica. La consejera de Seguridad admite que “no existen” certificaciones sobre su uso ante personas con problemas cardíacos o epilepsia. (publico.es) [Texto publicado] [Volver]

[Noticias] Catalunya empezará a cobrar el impuesto al azúcar con el miedo a que lo tumbe Montoro
Todos los refrescos con azúcar serán más caros en Catalunya a partir del 1 de mayo y solo podrán mantener el precio las versiones light.
Las empresas no tienen vías para evitar el incremento en los precios de los refrescos: el Govern obliga a repercutir el impuesto en el consumidor final.
Si Hacienda termina creando el mismo impuesto, la Generalitat sostiene que tendría derecho a una compensación. (eldiario.es) [Texto publicado] [Volver]

[Legislación] [BOE] Resolución de 7 de abril de 2017, de la Secretaría General del Fondo de Garantía Salarial, por la que se aprueba el modelo de solicitud de prestaciones, establecidas en el artículo 33 del Texto Refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores.
[Texto publicado] [Volver]

[Legislación] [BOE] Ley [COMUNIDAD AUTÓNOMA DE ANDALUCÍA] 2/2017, de 28 de marzo, de Memoria Histórica y Democrática de Andalucía.
[Texto publicado] [Volver]

[Legislación] [BOE] Ley [COMUNIDAD AUTÓNOMA DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS] 2/2017, de 24 de marzo, de segunda modificación de la Ley 3/2004, de 23 de noviembre, de Montes y Ordenación Forestal.
[Texto publicado] [Volver]


¿Desea comunicar noticias sobre la actividad de su despacho?

Puede remitirnoslas por e-mail haciendo clic aquí o por fax al 901 02 03 62. Si desea recibir los textos completos de la legislación o la jurisprudencia recogidas en este diario puede solicitarlos llamando al 902 19 88 32 y se los remitiremos por e-mail (servicio exclusivo para suscriptores).

Fuentes

Las e-fuentes consultadas: Legislación: DOCE, BOE, Boletín Oficial de las Cortes Generales (BOCG). Jurisprudencia: TC, TS, TJCE y TEDH. Noticias: europa press, EFE, EL PAÍS, EL MUNDO, ABC, LA RAZÓN, LA VANGUARDIA, EXPANSIÓN, a3n.tv, libertaddigital.com, 20minutos.es, 5dias.com, cope.es, vnet.es, diariodirecto.com

Documentación oficial: Presidencia del Gobierno, Ministerio de Hacienda-Agencia Tributaria, Ministerio de Trabajo-Seguridad Social, Ministerio de Justicia y CGPJ. Documentación corporativa: Consejo General de la Abogacía-Colegio de Abogados de Madrid, Consejo General del Notariado, Colegio de Registradores, Consejo General de Procuradores-Colegio de Madrid, Asociaciones judiciales (APM, JpD, Fco. Vitoria), Confederación Española de Organizaciones Empresariales CEOE, Instituto de la Empresa Familiar, Unión General de los Trabajadores UGT, Comisiones Obreras CCOO, Asociación Española de Usuarios de Internet (AUI), Asociación de Internautas, Sociedad General de Autores y Editores (SGAE).

© 2002-2015 PYB ENTERPRISES S.L. Este diario es una publicación distribuida por paraprofesionales.com y se dirige exclusivamente a sus suscriptores. Su reenvío a terceras personas distintas del destinatario requiere autorización expresa de paraprofesionales.com. No nos hacemos responsables de las decisiones tomadas con base en el contenido del presente diario. Las colaboraciones firmadas recogen la opiniones de sus autores.

Las sentencias publicadas han sido suministradas por el Centro de Documentación Judicial o por los Gabinetes de Prensa del CGPJ

dia del libro Celebre con nosotros el dia de libro y tendrá un descuento del 10 % en su compra de libros*
* Condiciones de la promoción: pedidos nuevos, confirmados y facturados el 23 de abril. El descuento sustituye a nuestros descuentos habituales publicados en www.paraprofesionales.com hasta un máximo del 10 %. No acumulable a otras ofertas ni pago aplazado. Todos nuestros pedidos se confirman telefónicamente.
Ya puede hacer sus reservas: 913517750