 |
[ACTUALIDAD
DIARIA] |
|
Revista electrónica para profesionales
del Derecho |
|
¡
NUEVA EDICION !
PVP: 900 € - Ahora: 695 €
OFERTA VALIDA HASTA 30 DE JULIO
(IVA y gastos de envío incluidos)
Consulte otras opciones de pago aplazado
hasta 6 meses
|
|
Llame
al 902 198 832 o pulse para pedir su oferta personal aquí |
| [J] | [TS][Civil] Trafico. Doctrina jurisprudencial fijada por el Pleno de la Sala Primera: los
daños derivados de accidente de tráfico quedan fijados de acuerdo con el
sistema legal vigente en la fecha en que se produjo el accidente, hecho
causante del daño; no obstante, a la hora de realizar la cuantificación
económica de los perjuicios se deberá estar, a efectos de determinar la
indemnización que proceda, al momento en que se produce el alta definitiva del
perjudicado.
[Más info] [Texto publicado]
| | [J] | [TS][Penal] Principo acusatorio. No se vulnera aunque se condene por apropiación indebida y
se hubiera acusado por estafa.
[Más info] [Texto publicado]
| | [J] | [TS][Contencioso-Advo] IRPF. Prescripción. Negocio real y formal.
[Más info] [Texto publicado]
| | [J] | [TS][Social] Despido por causas objetivas. Basta con probar la existencia de pérdidas
cuantiosas.
[Más info] [Texto publicado]
| | [N] | Detenido un empresario gallego por espiar a su competencia mediante un troyano
[Más info] [Texto publicado]
| | [N] | Los jueces condenan a 26.820 personas por delitos de tráfico desde diciembre
[Más info] [Texto publicado]
| | [N] | El PP propondrá al vicepresidente del CGPJ y al sustituto de Calvo en el TC
[Más info] [Texto publicado]
| | [N] | El MITYC facilita al Consejo General de Colegios de Economistas crear empresas a
través de Internet reduciendo la burocracia
[Más info] [Texto publicado]
| Legislación Estatal
|
Normas
más importantes publicadas en los últimos días
[Más info]
Acceso a los Boletines Oficiales [aquí]
|
| [L] | [BOE] Acuerdo de 17 de julio de 2008, del Pleno del Consejo General del Poder
Judicial, por el que se modifica el Reglamento 1/2005, de 15 de septiembre, de
los aspectos accesorios de las actuaciones judiciales, en materia de servicio
de guardia en los Juzgados de Violencia sobre la Mujer. BOE 29 - 7 - 2008
[Más info] [Texto publicado]
| | [L] | [BOE] Orden FOM/2218/2008, de 23 de julio, por la que se aprueban las bases
reguladoras de la concesión de ayudas a transportistas autónomos por carretera
que abandonen la actividad BOE 29 - 7 - 2008
[Más info] [Texto publicado]
| Legislación Comunitaria
| | [L] | [DOCE] Revisado el DOCE del 28 de julio, no encontramos disposiciones reseñables DOCE 29 - 7 - 2008
[Más info] [Texto publicado]
| | [L] | [DOCE] Modificaciones del Reglamento de Procedimiento del Tribunal de Justicia DOCE 29 - 7 - 2008
[Más info] [Texto publicado]
| | [L] | [DOCE] Decisión del Consejo, de 23 de junio de 2008, por la que se modifica el
Reglamento de procedimiento del Tribunal de Justicia de las Comunidades
Europeas en lo que respecta al régimen lingüístico aplicable al procedimiento
de reexamen DOCE 29 - 7 - 2008
[Más info] [Texto publicado]
|
|
¿Desea comunicar
noticias sobre la actividad de su despacho?
Puede remitirnoslas por e-mail haciendo clic aquí
o por fax al 901 02 03 62.
Si desea recibir
los textos completos de la legislación o la jurisprudencia
recogidas en este diario
puede solicitarlos llamando al 902 19 88 32 y se los remitiremos
por e-mail (servicio exclusivo para suscriptores).
|
[Jurisprudencia] [TS][Civil] Trafico. Doctrina jurisprudencial fijada por el Pleno de la Sala Primera: los
daños derivados de accidente de tráfico quedan fijados de acuerdo con el
sistema legal vigente en la fecha en que se produjo el accidente, hecho
causante del daño; no obstante, a la hora de realizar la cuantificación
económica de los perjuicios se deberá estar, a efectos de determinar la
indemnización que proceda, al momento en que se produce el alta definitiva del
perjudicado. Se plantea a la Sala la resolución de un recurso en que la controversia
casacional, articulada formalmente en dos motivos, pero estrechamente
vinculados entre sí en cuanto al fondo, -razón por la que es conveniente
abordar su análisis de manera simultanea-, se contrae a determinar cuál ha de
ser el baremo aplicable para valorar los daños sufridos como consecuencia de
accidentes de circulación, si el vigente en el momento de la sentencia de
Primera Instancia, como sostiene la recurrente, criterio ligado al carácter de
deuda de valor que la jurisprudencia de esta Sala ha atribuido a las
indemnizaciones por daños,
o el vigente en el momento en que tuvo lugar el siniestro, que es el criterio
que mantiene la sentencia recurrida, cuestión que ahora debe dilucidarse en
línea con la reciente doctrina establecida al respecto por el Pleno de la Sala
Primera en sendas Sentencias de fecha 17 de abril de 2007, resolviendo los
recursos de casación 2908/2001 y 2598/2002 , doctrina mantenida posteriormente.
[Texto publicado] [Volver]
[Jurisprudencia] [TS][Penal] Principo acusatorio. No se vulnera aunque se condene por apropiación indebida y
se hubiera acusado por estafa. La sentencia de instancia dice que los hechos serían constitutivos de una
apropiación indebida, pero no condena por estimar que vulneraría el principio
acusatorio. Los hechos, sin modificación alguna, son constitutivos de un delito
de estafa.
El Tribunal Supremo casa la sentencia y condena.
[Texto publicado] [Volver]
[Jurisprudencia] [TS][Contencioso-Advo] IRPF. Prescripción. Negocio real y formal. Se plantean dos cuestiones en el recurso. Una es la prescripción de cuatro o
cinco años. El Tribunal Supremo estima que es de cuatro años. La otra es si el
negocio formalmente correcto debe justificarse con un hecho real subyacente.
[Texto publicado] [Volver]
[Jurisprudencia] [TS][Social] Despido por causas objetivas. Basta con probar la existencia de pérdidas
cuantiosas. La sentencia recurrida, dictada el 16 de enero de 2007 por la Sala de lo Social
del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco en recurso de suplicación nº
2490/06, contempla un supuesto de despido objetivo por causas económicas
ocurrido en Noviembre de 2005. Como antecedentes fácticos merecen destacarse
los siguientes: La empresa empleadora, desde 2002, ha venido perdiendo cada año
más de un millón de euros (más de cinco millones en cuatro años) cifra superior
a su capital fundacional, lo que ha motivado la reducción a cero del capital
social y su ampliación con nuevos fondos. Por otro lado, ha reducido la
plantilla de 81 empleados a 47, medida pese a la que los costes de personal se
han incrementado y han pasado de un 22,07 por 100 de los gastos totales en 2002
a un 28,08 por 100 en 2005. Ante tal situación la empresa ha encargado estudios
de mercado para buscar nuevos clientes. También fundó otra mercantil a la que
traspasó determinados procesos de producción que ella realizaba, al igual que
las instalaciones y maquinaria precisa. Esta nueva empresa, ubicada en la misma
nave industrial que su fundadora, también ha registrado pérdidas durante los
ejercicios 2003 a 2005, ambos inclusive, en los que ha acumulado 670.359 euros
de pérdidas. Frente a su cese por circunstancias económicas, acordado a la vez
que el de otros ocho empleados, accionó el actor, quien obtuvo sentencia
declarando improcedente su despido, resolución en la que se condenaba
solidariamente a las dos empresas por estimarse que formaban un grupo de
empresas con confusión de patrimonios y funcionamiento integrado, cual
evidenciaba el uso en común de instalaciones y que la filial tuviese como único
cliente a su fundadora, entre otros hechos. La declaración de improcedencia del
despido la fundaron, la sentencia de instancia y la de suplicación hoy
recurrida, en que, aunque las pérdidas económicas estaban acreditadas, la
reducción de los gastos de personal no justificaba la supresión del puesto de
trabajo del actor, porque no ayudaba a superar la falta de rentabilidad y de
eficiencia de la explotación, ni era suficiente por si sóla para superar la
problemática existente, pues, aunque pudiera aligerar la situación financiera
de manera ocasional, no colaboraba a garantizar la viabilidad futura de la
empresa.
El Tribunal Supremo estima el recurso de casación de las empresas.
[Texto publicado] [Volver]
[Noticias] Detenido un empresario gallego por espiar a su competencia mediante un troyano Recibía del ordenador infectado informes periódicos de su actividad (elmundo.es)
[Texto publicado] [Volver]
[Noticias] Los jueces condenan a 26.820 personas por delitos de tráfico desde diciembre Un centenar de conductores ingresa en prisión tras la reforma del Código Penal
(elpais.es)
[Texto publicado] [Volver]
[Noticias] El PP propondrá al vicepresidente del CGPJ y al sustituto de Calvo en el TC PP y PSOE han cerrado ya el reparto de papeles en la cúpula del Poder Judicial,
cuyo Consejo será renovado entre los días 10 y 20 del próximo mes de
septiembre. (abc.es)
[Texto publicado] [Volver]
[Noticias] El MITYC facilita al Consejo General de Colegios de Economistas crear empresas a
través de Internet reduciendo la burocracia La secretaria General de Industria, Teresa Santero, y Valentín Pich, Presidente
del Consejo General de Colegios de Economistas de España, han firmado hoy un
convenio de colaboración para facilitar la creación de empresas a través de
Internet, reduciendo así las cargas burocráticas y facilitando un ahorro
considerable de tiempo. De este modo, los economistas podrán desde sus
despachos profesionales realizar los trámites para la constitución de empresas
telemáticamente, facilitando así a sus clientes un sistema que les permitirá un
ahorro considerable de tiempo.
[Texto publicado] [Volver]
[Legislación] [BOE] Acuerdo de 17 de julio de 2008, del Pleno del Consejo General del Poder
Judicial, por el que se modifica el Reglamento 1/2005, de 15 de septiembre, de
los aspectos accesorios de las actuaciones judiciales, en materia de servicio
de guardia en los Juzgados de Violencia sobre la Mujer.
Con fecha 28 de marzo de 2007, el Pleno del Consejo General del Poder
Judicial aprobó encomendar a la Comisión de Estudios e Informes la reforma del
Reglamento 1/2005, de 25 de septiembre, de los Aspectos Accesorios de las
Actuaciones Judiciales, para la implantación y regulación del Servicio de
Guardia para los Juzgados de Violencia sobre la Mujer en partidos judiciales
con un significativo número de órganos de tal clase.
El citado Reglamento 1/2005 no contempla un servicio de guardia propio para
los Juzgados de Violencia sobre la Mujer, sino que este servicio se encomienda
a los Juzgados de Instrucción de guardia que intervienen en sustitución de
aquéllos. No obstante, este régimen se ha mostrado insuficiente allí donde
existiendo un número significativo de Juzgados de Violencia sobre la Mujer,
determinados asuntos son incoados dentro del horario de audiencia pública -y
que, por tanto, no corresponde despachar al Juzgado de Guardia-, pero su
sustanciación y, en su caso, resolución se extienden de modo notable y
reiterado más allá de la jornada ordinaria de trabajo. Este problema se
manifiesta con mayor intensidad en la celebración de juicios inmediatos de
faltas, previamente señalados por la Policía Judicial, y en la tramitación de
las órdenes de protección, actuaciones que la ley exige sean practicadas a la
mayor brevedad.
Por tales motivos y sobre la base de la regulación actual, es precisa una
adaptación del Reglamento 1/2005 a la necesidad de actuar fuera de las horas
de audiencia que presentan los Juzgados de Violencia sobre la Mujer en
determinadas demarcaciones jurisdiccionales, para lo cual se instaura un
régimen singular de guardias para estos Juzgados, que atiende,
fundamentalmente, a su demarcación territorial, competencia especializada y
las concretas actuaciones que precisan una urgente intervención judicial,
entre las que ocupan un lugar destacado la celebración de juicios inmediatos
de faltas y la adopción de medidas concernientes a derechos fundamentales.
La reforma también afecta a preceptos que integran el Capítulo I del Título
III, dedicado a las normas generales del servicio de guardia, a fin de
armonizarlos con el establecimiento en determinadas demarcaciones
jurisdiccionales del servicio de guardia propio de los Juzgados de Violencia
sobre la Mujer.
[Texto publicado] [Volver]
[Legislación] [BOE] Orden FOM/2218/2008, de 23 de julio, por la que se aprueban las bases
reguladoras de la concesión de ayudas a transportistas autónomos por carretera
que abandonen la actividad Esta orden tiene por objeto establecer las bases reguladoras de la concesión de
ayudas destinadas a fomentar el abandono de la profesión de los transportistas
de edad avanzada del sector del transporte público por carretera.
[Texto publicado] [Volver]
[Legislación] [DOCE] Revisado el DOCE del 28 de julio, no encontramos disposiciones reseñables
[Texto publicado] [Volver]
[Legislación] [DOCE] Modificaciones del Reglamento de Procedimiento del Tribunal de Justicia
[Texto publicado] [Volver]
[Legislación] [DOCE] Decisión del Consejo, de 23 de junio de 2008, por la que se modifica el
Reglamento de procedimiento del Tribunal de Justicia de las Comunidades
Europeas en lo que respecta al régimen lingüístico aplicable al procedimiento
de reexamen
[Texto publicado] [Volver]
|
|
| Las
e-fuentes consultadas: |
DOCE, BOE, Boletín Oficial
de las Cortes Generales (BOCG). |
TC, TS, TJCE y TEDH. |
europa press, EFE, EL PAÍS, EL MUNDO, ABC, LA RAZÓN, LA
VANGUARDIA, EXPANSIÓN, a3n.tv, libertaddigital.com,
20minutos.es, 5dias.com, cope.es, vnet.es, diariodirecto.com |
Presidencia del Gobierno,
Ministerio de Hacienda-Agencia Tributaria, Ministerio de
Trabajo-Seguridad Social, Ministerio de Justicia y CGPJ. |
| Consejo General
de la Abogacía-Colegio de Abogados de Madrid, Consejo General
del Notariado, Colegio de Registradores, Consejo General
de Procuradores-Colegio de Madrid, Asociaciones judiciales
(APM, JpD, Fco. Vitoria), Confederación
Española de Organizaciones Empresariales CEOE, Instituto
de la Empresa Familiar, Unión General de los Trabajadores
UGT, Comisiones Obreras CCOO, Asociación Española
de Usuarios de Internet (AUI), Asociación de Internautas,
Sociedad General de Autores y Editores (SGAE). |
| |
© 2002-2008 PYB ENTERPRISES
S.L. Este diario es una publicación de
paraprofesionales.com y se dirige exclusivamente
a sus suscriptores. Su reenvío a terceras personas
distintas del destinatario requiere autorización
expresa de PYB ENTERPRISES S.L. PYB ENTERPRISES S.L. no
se hace responsable de las decisiones tomadas con base
en el contenido del presente diario. Las colaboraciones
firmadas recogen la opiniones de sus autores.
paraprofesionales.com
es una web de PYB Enterprises, SL.
paraextranjeros.com
es una web de PYB Enterprises, SL.
actualidaddiaria.com
es una web de PYB Enterprises, SL.
PYB Enterprises, SL. Centro
de trabajo: Av.
Huerta Grande, 2 portal D bajo B, 28223 -
POZUELO DE ALARCON (MADRID). TELEFONO 902 198 832 –
Fax 901 020362. | email de contacto.
PYB Enterprises, SL. Inscrita en el RM de Madrid Tomo
18.102, Libro 0, Folio 116, Sección 8, Hoja M-313075,
Inscripción 1ª.- CIF: B-83383620. Las bases
de datos de clientes están registradas en la Agencia
Estatal de Protección de Datos. Empresa autorizada
e inscrita en el Registro General de Empresas de Venta
a distancia de la Comunidad de Madrid. REVA209/03.
|
|
|
Cursos a distancia - Nuevas
ediciones 2008
|
Toda la Colección
Cursos a distancia
| Ahora |
- 15 % |
3 plazos
TAE 0,0 % |
- y descuento 10 % adicional, si son dos o más cursos o alumnos simultaneos (incluso a diferentes cursos)
Puede empezar cuando quiera y repartir su estudio libremente. Miles de clientes ya lo han hecho
|
|
Recomendados de julio: ultimos días
|
|
 | Tráfico
Suscripción anual, Legislación, Formularios, Jurisprudencia, Esquemas de procedimiento y Cálculo de indemnizaciones.
| Promoción válida este mes de julio |
Precio:249.00 €
Oferta:142.00 €(+iva) |
|
|
[Pedir]
| [Más
info] [Más sobre Formularios , Dº de Tráfico] |
|
 | Base de datos de extranjeria
Suscripción anual, TODO LO NECESARIO PARA ASESORAR EN EXTRANJERIA. Bases de datos interrelacionadas: legislación, jurisprudencia, formularios, modelos y esquemas procedimentales + Código de legislación en papel.
| Promoción especial 100 € menos. |
Precio:289.00 €
Oferta:195.00 €(+iva) |
|
|
[Pedir]
| [Más
info] [Más sobre Formularios , Dº Extranjeria] |
|
|
 | Memento Plan General Contable 2008
1450 páginas, 1ª edición, julio 2008, El nuevo Plan General Contable analizado con el máximo detalle
Envío por mensajero en mano gratis y DESCUENTO Actualización durante un año |
Precio:160.00 €
Oferta:152,00 €(+iva) | 24 H |
|
|
[Pedir]
| [Más
info] [Más sobre Mementos y Guias , Contabilidad] |
| | | |
 | Nueva Ley Concursal.
908 páginas, 2ª edición, diciembre 2005, Reimpresión julio 2008. Incluye CD-Rom con legislación y formularios
| Descuento y envío en mano gratis. |
Precio:135.00 €
Oferta:128,25 €(+iva) | 24 H |
|
|
[Pedir]
| [Más
info] [Más sobre Ley Concursal , Dº Mercantil] |
| | | |
 | Summa de Probática Civil
704 páginas, 1ª edición, junio 2008, Cómo Probar los Hechos en el Proceso
| NOVEDAD Y GRAN EXITO, incluye envío por mensajería urgente. |
Precio:73.08 €
Oferta:69,43 €(+iva) | 24 H |
|
|
[Pedir]
| [Más
info] [Más sobre Mementos y Guias , Dº General, Dº Procesal] |
|
 | Aplicación del nuevo Plan General Contable y de las NIIF a las empresas constructoras e inmobiliarias
586 páginas, 2ª edición, marzo 2008, La única obra del mercado especializada en la transición al nuevo Plan General Contable de las empresas constructoras e inmobiliarias.
| NOVEDAD.- Recuerde que el nuevo PG Contable es obligatorio desde enero 2008 |
Precio:75.00 €
Oferta:71,25 €(+iva) | 24 H |
|
|
[Pedir]
| [Más
info] [Más sobre Dº Inmobiliario, Contabilidad] |
|
 | Memento Fiscal 2008
1900 páginas, edición anual, marzo 2008, ¡ El libro que todos los asesores y juristas tienen cerca de su mesa !
| Ahora: DESCUENTO y envío por mensajero GRATIS |
Precio:131.19 €
Oferta:125.00 €(+iva) | 24 H |
|
|
[Pedir]
| [Más
info] [Más sobre Mementos y Guias , Dº Fiscal] |
|
 | Memento Social 2008
1850 páginas, edición anual, marzo 2008, Acceda fácilmente a toda la información jurídica laboral
| Ahora DESCUENTO y envío por mensajería en mano GRATIS |
Precio:123.78 €
Oferta:118.00 €(+iva) | 24 H |
|
|
[Pedir]
| [Más
info] [Más sobre Mementos y Guias , Dº Laboral] |
| |
 | La Ley de Protección de Datos. Análisis y comentario de su jurisprudencia
860 páginas, 1ª edición, marzo 2008, Incluye CD-ROM
| NOVEDAD - Compre hoy y lo tendrá mañana con descuento y sin gastos de envío. |
Precio:105.00 €
Oferta:99,75 €(+iva) | 24 H |
|
|
[Pedir]
| [Más
info] [Más sobre Dº de Nuevas Tecnologias] |
| | | |
|