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Madrid, 9 de junio de 2008
Año 6, Núm. 1240
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[TS][Civil] Cuenta corriente. Disposición por autorizados que alegan ser donaciones retributivas en agradecimiento por las atenciones prestadas al donante en sus últimos años de vida. Los herederos reclaman vicio en el consentimiento por incapacidad del titular causante. [Más info] [Texto publicado]


[J]

[TS][Penal] Internet. Validez de los rastreos informáticos realizados en la red por la policía judicial y necesidad de autorización judicial para desvelar la identidad de los Internet Protocols. [Más info] [Texto publicado]


[J]

[TS][Contencioso-Advo] Defensa de la Competencia. Sanción al Colegio de Agentes de la Propiedad por publicidad en la que dice que el API es el único profesional facultado para mediar en operaciones de compraventa y arrendamientos, [Más info] [Texto publicado]


[N]

Consejo de Ministros. ACUERDO por el que se aprueban las medidas y planes de actuación con motivo del periodo estival para el año 2008. [Más info] [Texto publicado]


[N]

INFORME sobre el Anteproyecto de Ley relativa al derecho de participación en beneficio del autor de una obra de arte original. [Más info] [Texto publicado]


[N]

Los ministros de Justicia de la UE aprueban el reconocimiento mutuo de resoluciones judiciales dictadas en ausencia del acusado [Más info] [Texto publicado]


[N]

Los ministros de Justicia de la UE aprueban un Reglamento que regula la ley aplicable en los contratos internacionales [Más info] [Texto publicado]


[N]

Desarticulan una red que concertaba bodas de conveniencia por 10.000 euros en Castellón [Más info] [Texto publicado]


[N]

El Constitucional aborda la conversación de su presidenta con una imputada [Más info] [Texto publicado]


[N]

Prisión por forzar a su esposa a cambiar de amigos y modo de vestir [Más info] [Texto publicado]


[N]

Hacienda inspecciona las facturas de 36.000 euros de las pymes [Más info] [Texto publicado]


[N]

NOVEDADES BIBLIOGRAFICAS. Tratado de Responsabilidad Civil. 2 Tomos. [Más info]


Legislación Estatal

Normas más importantes publicadas en los últimos días [Más info]
Acceso a los Boletines Oficiales [aquí]


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[BOE] Aplicación provisional del Acuerdo de Sede entre el Reino de España y la Conferencia de Ministros de Justicia de los Países Iberoamericanos, hecho en Punta del Este el 13 de noviembre de 2007. BOE 9 - 6 - 2008 [Más info] [Texto publicado]


[L]

[BOE] Resolución de 28 de mayo de 2008, de la Tesorería General de la Seguridad Social, por la que se modifica la de 17 de julio de 2001, por la que se dictan instrucciones para efectuar por medios telemáticos el embargo de dinero en cuentas abiertas en entidades de depósito. BOE 9 - 6 - 2008 [Más info] [Texto publicado]


[L]

[BOE] Real Decreto 953/2008, de 6 de junio, por el que se crean 126 Juzgados y 20 plazas de Magistrado en Tribunales Superiores de Justicia y Audiencias Provinciales correspondientes a la programación de 2008. BOE 7 - 6 - 2008 [Más info] [Texto publicado]


[L]

[BOE] Real Decreto 863/2008, de 23 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento de desarrollo de la Ley 32/2003, de 3 de noviembre, General de Telecomunicaciones, en lo relativo al uso del dominio público radioeléctrico. BOE 7 - 6 - 2008 [Más info] [Texto publicado]


[L]

[BOE] Resolución de 6 de junio de 2008, de la Secretaría de Estado de Medio Rural y Agua, por la que se publica el Acuerdo del Consejo de Ministros de 6 de junio de 2008, por el que se declara la concurrencia de la causa de cese de la vigencia del Real Decreto-ley 3/2008, de 21 de abril, de medidas excepcionales y urgente para garantizar el abastecimiento de poblaciones afectadas por la sequía en la provincia de Barcelona. BOE 7 - 6 - 2008 [Más info] [Texto publicado]


Legislación Comunitaria

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[DOCE] Decisión del Consejo, de 5 de junio de 2008, relativa a la aplicación de las disposiciones del acervo de Schengen sobre el Sistema de Información de Schengen en la Confederación Suiza DOCE 7 - 6 - 2008 [Más info] [Texto publicado]


[L]

[DOCE] Decisión del Consejo, de 5 de junio de 2008, relativa a la desclasificación del anexo 4 del Manual Sirene adoptado por el Comité Ejecutivo establecido por el artículo 132 del Convenio de aplicación del Acuerdo de Schengen de 14 de junio de 1985 (Convenio de Schengen de 1990) DOCE 7 - 6 - 2008 [Más info] [Texto publicado]


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[Jurisprudencia] [TS][Civil] Cuenta corriente. Disposición por autorizados que alegan ser donaciones retributivas en agradecimiento por las atenciones prestadas al donante en sus últimos años de vida. Los herederos reclaman vicio en el consentimiento por incapacidad del titular causante.
El litigio del que trae causa el presente recurso de casación fue promovido por D. Roberto , Dª. Carmen , Dª. Amelia , Dª. Magdalena y Dª. Ángela . Exponían que D. Federico había fallecido sin descendencia, siendo, además, el único heredero de su esposa premuerta, habiendo otorgado testamento en el que designó como herederos por partes iguales a sus hermanos Dª. Alejandra -sustituida por su hijo D. Lucas , por fallecimiento de ésta-, Dª. Carmen y Dª. Eva -que, tras su fallecimiento, fue sustituida por su hijo D. Roberto -; a sus sobrinos D. Luis Enrique , Dª. Alicia ; y a Dª. Ángela -hija de su sobrino D. Evaristo -y Dª. María Virtudes . En el caudal hereditario del finado, constaba una serie de bienes, derechos y obligaciones que se detallaban en la demanda. Alegaban que el fallecido tenía las facultades físicas y mentales profundamente deterioradas y, en tal estado, autorizó a Dª. Guadalupe y a Dª. María Virtudes para disponer del dinero depositado en una de las cuentas bancarias, con un saldo de unos quince millones de pesetas, que fue retirado por las autorizadas, para su posterior ingreso en otra cuenta corriente, aduciendo los demandantes que dicha autorización fue nula por ausencia de consentimiento del otorgante, dado su deterioro físico y mental. Asimismo, el demandado D. Lucas , fue autorizado por el fallecido en otra de sus cuentas, por lo que dispuso de 330.000 ptas. después del fallecimiento del propietario, que fue posteriormente devuelta por aquel, a requerimiento de la entidad bancaria. Por otra parte, la demandada Dª. Guadalupe , detrajo 2.500.000 ptas del patrimonio del fallecido, que fueron ingresadas en la cuenta corriente de Dª. Alejandra , ya fallecida. Dª. Guadalupe , junto con Dª. María Virtudes , efectuaron asimismo un ingreso de 1.000.000 ptas. a favor de Dª. Ángela . Finalmente, alegaban que los títulos-valores de la "COMPAÑÍA TELEFÓNICA NACIONAL DE ESPAÑA" propiedad del fallecido, fueron dispuestas en su totalidad por los demandados, quienes se apropiaron, asimismo, de las joyas, alhajas y demás enseres de D. Federico . Por todo ello, solicitaban la declaración de nulidad de las autorizaciones en las cuentas del fallecido; la restitución de los fondos detraídos de las referidas cuentas; la rendición de cuentas del uso de las cantidades extraídas o reintegradas; la nulidad absoluta de las presuntas donaciones del fallecido a los demandados; la obligación de reintegrar al caudal hereditario los bienes apropiados por los demandados y la rendición de cuentas de su destino. Subsidiariamente, caso de entenderse válidas y existentes las presuntas donaciones, solicitaban que se declarase que las mencionadas donaciones excedían de lo que el fallecido podía disponer y los demandados recibir por testamento, resultando inoficiosas en todo el exceso, perjudicando la legítima de los actores, con el consiguiente deber de los demandados de restituir el excedente a los demandantes.
Tanto el Juzgado como la Audiencia desestiman la pretensión. El Tribunal Supremo desestima el recurso. [Texto publicado] [Volver]

[Jurisprudencia] [TS][Penal] Internet. Validez de los rastreos informáticos realizados en la red por la policía judicial y necesidad de autorización judicial para desvelar la identidad de los Internet Protocols.
La sentencia declara la nulidad de la prueba (derecho a la prueba) que constituía el sustento de la imputación acusatoria del Fiscal y declara probado que el Grupo de Delitos Telemáticos de la Policía Judicial de la Guardia Civil, realizó búsquedas en Internet rastreando las redes de intercambio de archivos (Peer to Peer) para averiguar aquellos usuarios que descargasen o compartiesen archivos conteniendo fotografias o vídeos con contenido de pornografía infantil. En base a dichos rastreos policiales, realizados sin autorización judicial, se obtuvo un listado de IPS (Internet Protocols), esto es, claves de acceso que los proveedores de servicios de Internet asignan a cada ordenador en el momento en el que se conecta a Internet, el cual permite identificar de forma indubitada a través de dichos proveedores el número telefónico desde el que se produce la conexión.
El Tribunal Supremo estima el recurso del Fiscal. [Texto publicado] [Volver]

[Jurisprudencia] [TS][Contencioso-Advo] Defensa de la Competencia. Sanción al Colegio de Agentes de la Propiedad por publicidad en la que dice que el API es el único profesional facultado para mediar en operaciones de compraventa y arrendamientos,
El Tribunal de Defensa de la Competencia sanciona al Colegio de Agentes de la Propiedad por publicar un anuncio en prensa donde se induce al público a creer que los servicios de intermediación inmobiliaria de los Agentes colegiados son más fiables que los que prestan otros intermediarios capacitados legalmente que actúan en el mismo mercado.
La sanción es confirmada por sentencia de la Audiencia Nacional. El Tribunal Supremo estima el recurso y anula la sanción. [Texto publicado] [Volver]

[Noticias] Consejo de Ministros. ACUERDO por el que se aprueban las medidas y planes de actuación con motivo del periodo estival para el año 2008.
El Consejo de Ministros ha aprobado hoy el llamado "Plan Verano", con el que se establecen las medidas y Planes de Actuación para prevenir los riesgos que trae consigo el periodo estival. Este Plan se lleva a cabo desde el año 2005 para establecer una mayor coordinación y cooperación entre los diferentes departamentos ministeriales y otras Administraciones Públicas, y conseguir así que el verano sea más saludable y más seguro.
El "Plan Verano" agrupa una serie de medidas para proteger la salud ante las olas de calor, prevenir las intoxicaciones alimentarias, luchar contra la sequía, realizar campañas de seguridad pública, vial, en el transporte, en la mar, etc. Además, con el Plan se pretende mejorar la gestión del agua, garantizar el suministro eléctrico y proteger el medioambiente, sobre todo evitando los incendios forestales. Otro de los objetivos será el de reforzar la seguridad en el empleo para evitar contrataciones irregulares, y controlar y facilitar el paso del Estrecho de Gibraltar. [Texto publicado] [Volver]

[Noticias] INFORME sobre el Anteproyecto de Ley relativa al derecho de participación en beneficio del autor de una obra de arte original.
El Consejo de Ministros ha recibido un Informe del Ministro de Cultura sobre el Anteproyecto de Ley que tiene como objeto la incorporación al ordenamiento jurídico español de la Directiva comunitaria de 27 de septiembre de 2001, relativa al derecho de participación del autor en el beneficio de una obra de arte original. El Consejo de Ministros ha acordado también solicitar informe al Consejo de Estado sobre este texto. [Texto publicado] [Volver]

[Noticias] Los ministros de Justicia de la UE aprueban el reconocimiento mutuo de resoluciones judiciales dictadas en ausencia del acusado
Los ministros de Justicia e Interior de la Unión Europea, reunidos hoy en Luxemburgo, han aprobado la Decisión marco del Consejo sobre ejecución de resoluciones dictadas en ausencia. Esta decisión concreta los supuestos en los que puede acordarse el reconocimiento mutuo de resoluciones judiciales, principalmente por haberse dictado la condena en ausencia de la persona acusada. Por parte española, el Secretario de Estado de Justicia, Julio Pérez, ha respaldado esta aprobación. [Texto publicado] [Volver]

[Noticias] Los ministros de Justicia de la UE aprueban un Reglamento que regula la ley aplicable en los contratos internacionales
Los ministros de Justicia de la Unión Europea, reunidos hoy en Luxemburgo, han aprobado un Reglamento, denominado Roma I, que regula la ley que los órganos judiciales de los distintos Estados miembros deben aplicar a los contratos internacionales. En virtud de este Reglamento, el juez podrá valorar en cada caso si se aplica la ley del país en el que surge la controversia o la de otro Estado, sin menoscabo alguno para las garantías de los consumidores afectados. Por parte española, el Secretario de Estado de Justicia, Julio Pérez, ha respaldado la aprobación. [Texto publicado] [Volver]

[Noticias] Desarticulan una red que concertaba bodas de conveniencia por 10.000 euros en Castellón
La Policía Nacional ha desarticulado en Castellón una organización dedicada organizar matrimonios de conveniencia entre ciudadanos españoles y extranjeros, procedentes en su mayoría de Nigeria, para obtener permisos de residencia. (elmundo.es) [Texto publicado] [Volver]

[Noticias] El Constitucional aborda la conversación de su presidenta con una imputada
El Tribunal Constitucional abordará hoy el alboroto suscitado en torno a la conversación grabada por la Guardia Civil a una abogada implicada supuestamente en el crimen de su marido con la presidenta del máximo órgano judicial, María Emilia Casas. Sobre este asunto, el Tribunal Supremo se ha pronunciado ya y con rotundidad. Entiende que no se produjo ningún delito de asesoramiento ilegal por parte de Casas a la abogada y que, además, los términos de la conversación que mantuvo con la letrada se encuadran dentro de los usos sociales generalmente admitidos. (elpais.com) [Texto publicado] [Volver]

[Noticias] Prisión por forzar a su esposa a cambiar de amigos y modo de vestir
La Audiencia de Sevilla ha condenado a un año y nueve meses de cárcel por violencia doméstica a un hombre cuya "actitud dominante y celosa" obligó a su esposa a dejar de relacionarse con sus compañeros de trabajo y a cambiar de modo de vestir. (lavanguardia.es) [Texto publicado] [Volver]

[Noticias] Hacienda inspecciona las facturas de 36.000 euros de las pymes
La Agencia Tributaria se lanza contra el sector de pequeños negocios, comercios y profesionales que tributan en módulos. Las organizaciones de autónomos ponen sobre la mesa el debate sobre la reforma de este régimen fiscal. (expansion.com) [Texto publicado] [Volver]

[Noticias] NOVEDADES BIBLIOGRAFICAS. Tratado de Responsabilidad Civil. 2 Tomos.

La libertad es un valor constitucional que, en su actuación, tiene toda persona. Ahora bien, dicha libertad está correspondida ineludiblemente por una responsabilidad. Dentro de la amplia área de la responsabilidad y, en concreto, de la responsabilidad civil, hay que decir que se inició el tratamiento adecuado de la misma fundándola en la culpa o negligencia. Principio que fue evolucionando hacia una objetivación superadora del anterior tipo de responsabilidad. Con ello casi se abandonaba la atipicidad para definir la responsabilidad y mesurar sus consecuencias, por una concreta especialidad de actuación, generalmente manifestada en leyes especiales y fuera del ámbito del Código Civil. Pues bien, todo ello aparece reflejado en esta obra que estudia la responsabilidad civil, desde un punto generalista hasta una concreción específica por materias o actividades. De lo que se infiere el interés no sólo para el estudioso sino también, incluso con mayor intensidad, para el operador práctico del Derecho.

Tratado de Responsabilidad Civil

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[Legislación] [BOE] Aplicación provisional del Acuerdo de Sede entre el Reino de España y la Conferencia de Ministros de Justicia de los Países Iberoamericanos, hecho en Punta del Este el 13 de noviembre de 2007.
[Texto publicado] [Volver]

[Legislación] [BOE] Resolución de 28 de mayo de 2008, de la Tesorería General de la Seguridad Social, por la que se modifica la de 17 de julio de 2001, por la que se dictan instrucciones para efectuar por medios telemáticos el embargo de dinero en cuentas abiertas en entidades de depósito.

Mediante la Resolución de 17 de julio de 2001, de la Tesorería General de la Seguridad Social, modificada por la de 10 de julio de 2007, se dictaron instrucciones para efectuar por medios telemáticos el embargo de dinero en cuentas abiertas en entidades de depósito, recogiéndose en su anexo la totalidad de las especificaciones técnicas de dicho procedimiento.

No obstante, se hace necesario ahora sustituir en su integridad ese anexo de la resolución por otro nuevo, habida cuenta de las variaciones producidas en tales especificaciones técnicas como consecuencia de la nueva estructura de ficheros implementada por las entidades financieras, a través de sus respectivas asociaciones, en el cuaderno 63-01, regulador del procedimiento centralizado de información y ejecución de embargos de dinero en cuentas abiertas a la vista en entidades de depósito por deudas tributarias y otras de derecho público.

Asimismo, en la instrucción tercera, apartado II.3, de la citada resolución procede incluir un nuevo código de resultado de actuaciones de embargo, que deberá ser utilizado por las entidades de depósito para informar a la Tesorería General de la Seguridad Social de que la cuenta consignada en la correspondiente diligencia de embargo (Fase 3) se encuentra excluida de la traba por medios telemáticos al no cumplir los requisitos determinados para ello en la instrucción primera, párrafo primero, de la propia resolución.

Por último, dado que dicha resolución fue dictada y publicada hallándose vigente el anterior Reglamento general de recaudación de los recursos del sistema de la Seguridad Social, aprobado por el Real Decreto 1637/1995, de 6 de octubre, hoy derogado, resulta conveniente actualizar también las referencias normativas que en aquélla se efectúan al mismo, aludiendo ahora en su lugar al nuevo Reglamento general de recaudación de la Seguridad Social, aprobado por el Real Decreto 1415/2004, de 11 de junio, e introduciendo las pertinentes adaptaciones en el texto de la resolución al contenido dispositivo de este último reglamento en vigor.

[Texto publicado] [Volver]

[Legislación] [BOE] Real Decreto 953/2008, de 6 de junio, por el que se crean 126 Juzgados y 20 plazas de Magistrado en Tribunales Superiores de Justicia y Audiencias Provinciales correspondientes a la programación de 2008.
Este real decreto se inscribe en esta línea de actuación política de desarrollo de la planta judicial, contiene 146 unidades judiciales (20 plazas de magistrado en órganos colegiados y 126 juzgados, de las 160 previstas en dicha programación). Con ello se completa la programación acordada para el año 2008, establecida en razón del volumen de litigiosidad de los órganos judiciales en funcionamiento y atendiendo a las disponibilidades presupuestarias, iniciada en los reales decretos 3/2008, de 11 de enero y 159/2008, de 8 de febrero.
Por lo que respecta a la dotación de nuevas plazas de magistrado en Audiencias Provinciales, se ha tenido en cuenta lo dispuesto en los artículos 14.2 y 20.3 de la Ley 38/1988, de 28 de diciembre. En efecto, de una parte, se crea una nueva sección en las Audiencias Provinciales de Málaga, Santa Cruz de Tenerife y Madrid, y de otra, se dota una nueva plaza de magistrado en aquellas secciones de las Audiencias Provinciales que se citan en el texto del presente real decreto que actualmente tienen una planta de tres magistrados. [Texto publicado] [Volver]

[Legislación] [BOE] Real Decreto 863/2008, de 23 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento de desarrollo de la Ley 32/2003, de 3 de noviembre, General de Telecomunicaciones, en lo relativo al uso del dominio público radioeléctrico.

La Ley 32/2003, de 3 de noviembre, General de Telecomunicaciones, instauró un nuevo marco regulador en lo referente a la planificación y gestión del espectro radioeléctrico, introduciendo la regulación y tendencias comunitarias en la materia, esto es, la garantía del uso eficaz y eficiente del espectro radioeléctrico como principio superior que debe guiar la planificación y la asignación de frecuencias por la Administración y el uso de éstas por los operadores. Asimismo, esta Ley abre la posibilidad de la transferencia de títulos habilitantes y de la cesión de derechos de uso del espectro radioeléctrico en las condiciones que se determinen reglamentariamente. Además, establece, en su artículo 44, que el Gobierno desarrollará reglamentariamente las condiciones de gestión del dominio público radioeléctrico, la elaboración de los planes para su utilización y los procedimientos de otorgamiento de los derechos de uso de dicho dominio.

El Real Decreto 424/2005, de 15 de abril, por el que se aprueba el reglamento sobre las condiciones para la prestación de servicios de comunicaciones electrónicas, el servicio universal y la protección de los usuarios, mediante su disposición final primera modificó el reglamento de desarrollo de la Ley 11/1998, de 24 de abril, General de Telecomunicaciones, en lo relativo al uso del dominio público radioeléctrico, aprobado por la Orden del Ministro de Fomento, de 9 de marzo de 2000, con el objetivo de adecuar su contenido al de la Ley General de Telecomunicaciones, en especial en los aspectos relativos a competencias y procedimientos.

La universalización de las comunicaciones y la aparición de nuevos servicios asociados al desarrollo de la sociedad de la información exigen una continua actualización de las técnicas y procedimientos relacionados con la planificación de redes y servicios de comunicaciones electrónicas. Las comunicaciones inalámbricas, que utilizan como soporte de transmisión el dominio público radioeléctrico, constituyen el pilar fundamental en el desarrollo de soluciones asociadas a la movilidad, socialmente cada día más demandadas.

Conceptos innovadores como mercado secundario, neutralidad tecnológica y de servicios, uso flexible, entre otros, deben ser considerados como criterios inspiradores a la hora de definir las mejores técnicas de planificación y gestión de un recurso como el dominio público radioeléctrico, limitado, pero cada día mas demandado y que sólo bajo la optimización de su uso podrá hacer frente a las nuevas necesidades de comunicaciones que la sociedad plantea.

El reglamento del uso del dominio público radioeléctrico constituye un documento regulatorio básico para el desarrollo y aplicación de criterios y procedimientos innovadores en materia de planificación y gestión de redes y servicios de comunicaciones inalámbricas, que debe incluir los planteamientos del marco regulador de las comunicaciones electrónicas en Europa y, en particular, lo dispuesto en la Directiva 2002/21/CE, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 7 de marzo de 2002, relativa a un marco regulador común de las redes y los servicios de comunicaciones electrónicas («Directiva marco»), la Directiva 2002/20/CE, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 7 de marzo de 2002, relativa a la autorización de redes y servicios de comunicaciones electrónicas («Directiva de autorización») y la Decisión número 676/2002/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 7 de marzo de 2002, sobre un marco regulador de la política del espectro radioeléctrico en la Comunidad Europea (Decisión espectro radioeléctrico).

Asimismo, se han tenido en cuenta en la elaboración de este reglamento las tendencias marcadas en la propuesta de la Comisión Europea de un nuevo marco regulador de las comunicaciones electrónicas en la Unión Europea hecha pública el día 13 de noviembre de 2007.

Para avanzar en la consecución de los objetivos anteriormente señalados, resulta preciso aprobar un nuevo reglamento regulador del uso del dominio público radioeléctrico.

En este nuevo reglamento se regula la puesta en funcionamiento de un Registro público de concesionarios de derechos de uso privativo del dominio público radioeléctrico, accesible a través de Internet, con el objetivo de aumentar la transparencia de los procesos de otorgamiento de derechos de uso del dominio público radioeléctrico, mediante la publicidad de las características técnicas y nombres de los titulares de los citados derechos, dando cumplimiento además a las exigencias de la Unión Europea en esta materia.

También se introducen modificaciones en los procedimientos para la obtención de recursos órbita-espectro.

Una de las principales novedades que se incorporan en el reglamento que se aprueba mediante el presente real decreto consiste en añadir, a la posibilidad existente actualmente de transferencia total del título habilitante, nuevas posibilidades de transferencia parcial del título y de cesión de derechos de uso del dominio público radioeléctrico respecto de una parte de las frecuencias o de una parte del ámbito geográfico.

Asimismo, y en relación con este apartado, el reglamento establece los derechos de uso que no son susceptibles de transmisión, las causas de revocación de la autorización de transmisión y la prohibición de realizar cesiones sucesivas y simultáneas. Como anexo al reglamento se incluye la relación de servicios con frecuencias reservadas en las bandas indicadas susceptibles de transferencia parcial o cesión a terceros de los derechos de uso del dominio público radioeléctrico.

Por último, cabe destacar el contenido de la disposición adicional segunda del reglamento, referente a la transformación de las concesiones de dominio público radioeléctrico vinculadas a los extintos títulos habilitantes con limitación de número para la prestación de diferentes servicios. Se establece que el procedimiento de transformación se iniciará de oficio y que en las resoluciones expresas por las que se transformen los títulos se establecerán los derechos y obligaciones que se declaran subsistentes de los títulos actuales, y que también podrán incluirse otras obligaciones por razones de servicio público e interés general, así como las que se consideren necesarias para preservar las condiciones de competencia en el mercado y las condiciones que resulten necesarias para su adecuación al presente reglamento, al Cuadro Nacional de Atribución de Frecuencias y a la normativa de la Unión Europea que, en su caso, resulte de aplicación, en especial, la referida a los principios de neutralidad tecnológica y de los servicios.

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[Legislación] [BOE] Resolución de 6 de junio de 2008, de la Secretaría de Estado de Medio Rural y Agua, por la que se publica el Acuerdo del Consejo de Ministros de 6 de junio de 2008, por el que se declara la concurrencia de la causa de cese de la vigencia del Real Decreto-ley 3/2008, de 21 de abril, de medidas excepcionales y urgente para garantizar el abastecimiento de poblaciones afectadas por la sequía en la provincia de Barcelona.
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[Legislación] [DOCE] Decisión del Consejo, de 5 de junio de 2008, relativa a la aplicación de las disposiciones del acervo de Schengen sobre el Sistema de Información de Schengen en la Confederación Suiza
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[Legislación] [DOCE] Decisión del Consejo, de 5 de junio de 2008, relativa a la desclasificación del anexo 4 del Manual Sirene adoptado por el Comité Ejecutivo establecido por el artículo 132 del Convenio de aplicación del Acuerdo de Schengen de 14 de junio de 1985 (Convenio de Schengen de 1990)
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Las e-fuentes consultadas:
Legislación: DOCE, BOE, Boletín Oficial de las Cortes Generales (BOCG).
Jurisprudencia: TC, TS, TJCE y TEDH.
Noticias: europa press, EFE, EL PAÍS, EL MUNDO, ABC, LA RAZÓN, LA VANGUARDIA, EXPANSIÓN, a3n.tv, libertaddigital.com, 20minutos.es, 5dias.com, cope.es, vnet.es, diariodirecto.com
Documentación oficial: Presidencia del Gobierno, Ministerio de Hacienda-Agencia Tributaria, Ministerio de Trabajo-Seguridad Social, Ministerio de Justicia y CGPJ.
Documentación corporativa: Consejo General de la Abogacía-Colegio de Abogados de Madrid, Consejo General del Notariado, Colegio de Registradores, Consejo General de Procuradores-Colegio de Madrid, Asociaciones judiciales (APM, JpD, Fco. Vitoria), Confederación Española de Organizaciones Empresariales CEOE, Instituto de la Empresa Familiar, Unión General de los Trabajadores UGT, Comisiones Obreras CCOO, Asociación Española de Usuarios de Internet (AUI), Asociación de Internautas, Sociedad General de Autores y Editores (SGAE).
 

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