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Madrid, 13 de mayo de 2008
Año 6, Núm. 1221
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[J]

[TC] Vulneración del derecho a la libre expresión: despido de un trabajador por distribuir un comunicado dentro de la empresa formulando críticas por cuestiones laborales. Voto particular. [Más info] [Texto publicado]


[J]

[TC] Vulneración del derecho a la legalidad penal: sanción administrativa al titular de un vehículo de motor mal estacionado por no identificar suficientemente a un conductor residente en el extranjero que carece de fundamento razonable en la infracción administrativa aplicada. [Más info] [Texto publicado]


[N]

El Plan Avanza moviliza 440 millones de euros para la integración de la ciudadanía en la Sociedad de la Información en 2006-2008 [Más info] [Texto publicado]


[N]

El fiscal pide que se desestime la demanda de Telma Ortiz contra los medios [Más info] [Texto publicado]


[N]

Un juez veta a la Seguridad Social en las suspensiones de pagos de Madrid [Más info] [Texto publicado]


[N]

El BCE reprende al Gobierno y le pide que no suban más los salarios [Más info] [Texto publicado]


[N]

200.690 personas tienen ya derecho a recibir una prestación por la ley de dependencia [Más info] [Texto publicado]


[N]

El Supremo de EEUU permite que víctimas del Apartheid exijan indemnizaciones a empresas [Más info] [Texto publicado]


Legislación Autonómica

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[BOE] Ley [ARAGON] 1/2008, de 4 de abril, por la que se establecen medidas urgentes para la adaptación del ordenamiento urbanístico a la Ley 8/2007, de 28 de mayo, de suelo, garantías de sostenibilidad del planeamiento urbanístico e impulso a las políticas activas de vivienda y suelo en la Comunidad Autónoma de Aragón. BOE 13 - 5 - 2008 [Más info] [Texto publicado]


Legislación Estatal

Normas más importantes publicadas en los últimos días [Más info]
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[L]

[BOCG] Proyecto de Ley Orgánica por la que se autoriza la ratificación por España del Tratado de Lisboa, por el que se modifican el Tratado de la Unión Europea y el Tratado Constitutivo de la Comunidad Europea, firmado en la capital portuguesa el 13 de diciembre de 2007. BOCG 13 - 5 - 2008 [Más info] [Texto publicado]


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[Jurisprudencia] [TC] Vulneración del derecho a la libre expresión: despido de un trabajador por distribuir un comunicado dentro de la empresa formulando críticas por cuestiones laborales. Voto particular.
El recurrente interpone demanda de amparo contra la Sentencia de la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Canarias, sede de Santa Cruz de Tenerife, de 5 de julio de 2004, dictada en el recurso de suplicación núm. 453-2004, y la del Juzgado de lo Social núm. 1 de Santa Cruz de Tenerife, de 2 de marzo de 2004, que en autos núm. 777-2003 declaró la procedencia de su despido, solicitando la anulación de las mismas, así como la del Auto de la Sala de lo Social del Tribunal Supremo, de 10 de enero de 2006, que determina su firmeza, y la declaración de nulidad del acto extintivo por vulneración del derecho fundamental a la libertad de expresión [art. 20.1 a) CE]. A su juicio, debidamente contextualizadas, las expresiones empleadas en el escrito que hizo público en la empresa, y que motivó la decisión de despido, estarían amparadas por el derecho fundamental invocado, no siendo constitutivas de exceso alguno al no resultar ofensivas, limitándose a informar de hechos veraces, habiéndose vulnerado el derecho fundamental consagrado en el art. 20.1 a) CE. Se opone a la concesión del amparo la representación de Cepsa, e interesa el Ministerio Fiscal.
El Tribunal Constitucional otorga el amparo. [Texto publicado] [Volver]

[Jurisprudencia] [TC] Vulneración del derecho a la legalidad penal: sanción administrativa al titular de un vehículo de motor mal estacionado por no identificar suficientemente a un conductor residente en el extranjero que carece de fundamento razonable en la infracción administrativa aplicada.
La presente demanda de amparo tiene por objeto la impugnación de la Resolución del Ayuntamiento de Madrid de 16 de junio de 2004, confirmada por la Sentencia núm. 66/2005, de 11 de febrero, del Juzgado de lo Contencioso-Administrativo núm. 1 de Madrid, por la que se le impuso al recurrente la sanción de 301 € por incumplir la obligación de identificar en tiempo y forma al conductor de un vehículo a motor de su propiedad, denunciado por encontrarse indebidamente estacionado (art. 72.3 del Real Decreto Legislativo 339/1990, de 2 de marzo, por el que se aprueba el texto articulado de la Ley sobre tráfico, circulación de vehículos a motor y seguridad vial , en la redacción dada por la Ley 19/2001, de 19 de diciembre.
El demandante de amparo sostiene que el art. 72.3 LSV no impone al propietario del vehículo a motor con ocasión del deber de identificar al conductor autor de la infracción la obligación de probar que la persona identificada era quien conducía el vehículo en el momento de la infracción, máxime cuando, como acontece en este caso, la Administración no ha desplegado actividad alguna tendente a notificar la infracción al conductor identificado. Tras señalar que ha aportado todos los datos identificativos del conductor del vehículo, el recurrente en amparo considera que tanto el Ayuntamiento como el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo han llevado a cabo una interpretación extensiva de la infracción por la que ha sido sancionado, lesiva del principio de legalidad penal (art. 25.1 CE), ya que el precepto legal no impone al propietario del vehículo la obligación de aportar copia del permiso de conducción de la persona identificada como conductor —según ha exigido el Ayuntamiento—, ni la de aportar otra documentación complementaria o prueba de la presencia del conductor en el lugar de la infracción —que fue lo requerido el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo— ni, en fin, dispone que la falta de esa documentación adicional o prueba constituya una infracción administrativa.
El Tribunal Constitucional otorga el amparo. [Texto publicado] [Volver]

[Noticias] El Plan Avanza moviliza 440 millones de euros para la integración de la ciudadanía en la Sociedad de la Información en 2006-2008
El director general para el Desarrollo de la Sociedad de la Información, David Cierco, inaugura las actividades programadas con motivo del Día Mundial de las Telecomunicaciones y la Sociedad de la Información. Día de Internet [Texto publicado] [Volver]

[Noticias] El fiscal pide que se desestime la demanda de Telma Ortiz contra los medios
El fiscal Antonio Huélamo ha solicitado la desestimación de la demanda interpuesta por Telma Ortiz contra una treintena de medios de comunicación. En su extenso alegato final, el respresentante del Ministerio Público ha expuesto ante la magistrada del Juzgado de Primera Instancia número 3 de Toledo que no ha lugar a las medidas cautelares exgidas por la hermana de la Princesa de Asturias. (elmundo.es) [Texto publicado] [Volver]

[Noticias] Un juez veta a la Seguridad Social en las suspensiones de pagos de Madrid
La Tesorería no podrá administrar empresas en dificultades durante tres años (elpais.com) [Texto publicado] [Volver]

[Noticias] El BCE reprende al Gobierno y le pide que no suban más los salarios
González Páramo recuerda que los sueldos en la España del euro han subido un 26% y la productividad, «cero» Reclama moderación al Ejecutivo «de cara a la negociación colectiva» (larazon.es) [Texto publicado] [Volver]

[Noticias] 200.690 personas tienen ya derecho a recibir una prestación por la ley de dependencia
Un total de 200.690 personas tienen ya derecho a recibir una prestación que reconoce la ley de dependencia, según un informe realizado por el Ministerio de Educación, Política Social y Deporte, al que ha tenido acceso Solidaridad Digital y que afirma que hasta el pasado 5 de mayo se presentaron 374.000 solicitudes, realizaron 264.184 valoraciones y efectuaron 240.683 dictámenes. (solidaridaddigital) [Texto publicado] [Volver]

[Noticias] El Supremo de EEUU permite que víctimas del Apartheid exijan indemnizaciones a empresas
Piden compensaciones por un valor de 400.000 millones de dólares. Acusan a las compañías de violar el derecho internacional al colaborar con el sistema racista. (diariodesevilla.es) [Texto publicado] [Volver]

[Legislación] [BOE] Ley [ARAGON] 1/2008, de 4 de abril, por la que se establecen medidas urgentes para la adaptación del ordenamiento urbanístico a la Ley 8/2007, de 28 de mayo, de suelo, garantías de sostenibilidad del planeamiento urbanístico e impulso a las políticas activas de vivienda y suelo en la Comunidad Autónoma de Aragón.

El ordenamiento urbanístico aragonés está conformado en la actualidad fundamentalmente por la Ley 5/1999, de 25 de marzo, urbanística, y el Decreto 52/2002, de 19 de febrero, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba el Reglamento de desarrollo parcial de la Ley 5/1999, de 25 de marzo, urbanística, en materia de organización, planeamiento urbanístico y régimen especial de pequeños Municipios. Ambas normas fueron aprobadas en el marco de lo establecido en la Ley estatal 6/1998, de 13 de abril, sobre régimen del suelo y valoraciones. En consecuencia, Ley y Reglamento aragoneses incorporaron los principios inspiradores de la norma estatal, que se proclamaba abiertamente liberalizadora del mercado del suelo. Dicha norma fue interpretada de forma muy favorable a la expansión de las competencias urbanísticas autonómicas en la Sentencia del Tribunal Constitucional 164/2001, que contribuyó decisivamente a clarificar el marco competencial en la materia, inicialmente abordado en la anterior Sentencia del Tribunal Constitucional 61/1997.

Recientemente, las Cortes Generales han aprobado la Ley 8/2007, de 28 de mayo, de suelo. Esta norma plantea una enérgica reacción frente a los principios inspiradores de la anterior Ley 6/1998 que se plasma en una novedosa regulación del suelo como recurso y de todos los derechos y libertades que giran en torno al mismo. En particular, dicha norma afecta de manera decisiva a aspectos tales como el régimen de clasificación del suelo, las reservas para vivienda protegida y los límites de repercusión de precios del suelo en la vivienda protegida, el control de riesgos, la sostenibilidad económica y ambiental del planeamiento territorial y urbanístico, los límites entre modificación y revisión del planeamiento, los convenios urbanísticos, la conversión en metálico de aprovechamientos, y el régimen de las actuaciones de dotación, de las cesiones de aprovechamiento y de los patrimonios públicos de suelo.

El artículo 44 del Estatuto de Autonomía habilita al Gobierno para dictar disposiciones legislativas provisionales bajo la forma de decreto-ley en caso de necesidad urgente y extraordinaria, siempre que no afecte a las materias en dicho precepto establecidas. La profundidad de los cambios que la nueva legislación estatal de suelo trata de impulsar, su entrada en vigor en los momentos iniciales de la legislatura que no permitían aprobar con suficiente rapidez las nuevas normas legales precisas para incorporarla al ordenamiento aragonés y el tremendo dinamismo del sector inmobiliario, que podía provocar prácticas tendentes a eludir el rigor de la nueva norma estatal amparándose en diferentes aspectos de su régimen transitorio, determinaron la apreciación de una situación extraordinaria y urgente, derivada de las profundas discordancias con la nueva norma estatal, y condujeron a la aprobación del Decreto-Ley 2/2007, de 4 de diciembre, del que procede la presente Ley.

Por otra parte, la voluntad firme de aprobar nuevas Leyes de ordenación del territorio y de urbanismo, las exigencias de la seguridad jurídica y, de forma destacable, la necesidad de mantener el ritmo de crecimiento de la economía aragonesa en los últimos años sin que ello suponga quiebra alguna del principio de desarrollo sostenible justifican la adopción de diversas medidas en el ámbito urbanístico y de las políticas de vivienda que impulsen la acción pública y privada en tales materias. Asimismo, resulta absolutamente necesario impulsar una serie de medidas legislativas que permitan dar respuesta a la perentoria demanda social de vivienda asequible para facilitar el acceso a la misma de amplias capas de la población, acceso que hoy se ve dificultado especialmente por la coyuntura alcista de los tipos de interés, el retraimiento de la oferta y la dificultad para generar nuevos espacios que puedan servir de soporte con la suficiente rapidez para promover vivienda protegida.

Es por ello que resulta esencial en el momento presente, máxime en un ámbito donde confluyen intereses tan complejos y valiosos como el urbanístico e inmobiliario y necesidades tan perentorias y relevantes para los aragoneses como el acceso a la vivienda, evitar rápidamente posibles contradicciones entre la normativa urbanística aragonesa y la estatal y arbitrar las medidas precisas para dar respuesta a la situación actual del mercado de la vivienda.

[Texto publicado] [Volver]

[Legislación] [BOCG] Proyecto de Ley Orgánica por la que se autoriza la ratificación por España del Tratado de Lisboa, por el que se modifican el Tratado de la Unión Europea y el Tratado Constitutivo de la Comunidad Europea, firmado en la capital portuguesa el 13 de diciembre de 2007.
Documentación complementaria. [Texto publicado] [Volver]

Las e-fuentes consultadas:
Legislación: DOCE, BOE, Boletín Oficial de las Cortes Generales (BOCG).
Jurisprudencia: TC, TS, TJCE y TEDH.
Noticias: europa press, EFE, EL PAÍS, EL MUNDO, ABC, LA RAZÓN, LA VANGUARDIA, EXPANSIÓN, a3n.tv, libertaddigital.com, 20minutos.es, 5dias.com, cope.es, vnet.es, diariodirecto.com
Documentación oficial: Presidencia del Gobierno, Ministerio de Hacienda-Agencia Tributaria, Ministerio de Trabajo-Seguridad Social, Ministerio de Justicia y CGPJ.
Documentación corporativa: Consejo General de la Abogacía-Colegio de Abogados de Madrid, Consejo General del Notariado, Colegio de Registradores, Consejo General de Procuradores-Colegio de Madrid, Asociaciones judiciales (APM, JpD, Fco. Vitoria), Confederación Española de Organizaciones Empresariales CEOE, Instituto de la Empresa Familiar, Unión General de los Trabajadores UGT, Comisiones Obreras CCOO, Asociación Española de Usuarios de Internet (AUI), Asociación de Internautas, Sociedad General de Autores y Editores (SGAE).
 

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