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que permite una estación de esquí.
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| [L] | [BOE] Acuerdo de 31 de marzo de 2008, del Pleno del Tribunal Constitucional, por el
que se modifica parcialmente el Reglamento de Organización y Personal del
Tribunal Constitucional. BOE 2 - 4 - 2008
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| | [L] | [BOE] Orden EHA/888/2008, de 27 de marzo, sobre operaciones de las instituciones de
inversión colectiva de carácter financiero con instrumentos financieros
derivados y por la que se aclaran determinados conceptos del Reglamento de la
Ley 35/2003, de 4 de noviembre, de instituciones de inversión colectiva,
aprobado por Real Decreto 1309/2005, de 4 de noviembre. BOE 2 - 4 - 2008
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| | [L] | [BOE] Orden EHA/889/2008, de 27 de marzo, por la que se actualiza el limite de las
prestaciones económicas de las mutualidades de previsión social establecido en
el apartado 1 del articulo 65 del texto refundido de la Ley de ordenación y
supervisión de los seguros privados, aprobado por Real Decreto Legislativo
6/2004, de 29 de octubre. BOE 2 - 4 - 2008
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| Legislación Comunitaria
| | [L] | [DOCE] Revisado el DOCE de hoy núm. 90, no encontramos normas reseñables DOCE 2 - 4 - 2008
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| | [L] | [DOCE] Estado de Ingresos y Gastos de varios organismos de la Unión DOCE 2 - 4 - 2008
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[Jurisprudencia] [TSJCat-L][Contencioso-Advo] Espacio Natural. Nulidad de la norma autonómica sobre modificación de su uso
que permite una estación de esquí. Se impugna en el presente recurso contenciosoadministrativo
por la representación procesal de la Asociación para
la Defensa de los Recursos Naturales de Cantabria (ARCA) el Decreto
13/2006, de 9 de marzo, por el que se modifica el Anexo I del
Decreto 140/1998, de 16 de julio, por el que se aprueba el Plan de
Ordenación de los Recursos Naturales (PORN) de Fuentes Carrionas y
Fuente Cobre-Montaña Palentina (Palencia).
La nueva norma permite la instalación de una estación de esquí.
El Tribunal estima el recurso y anula el Decreto.
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[Jurisprudencia] [DGRN] Préstamo hipotecario. División en tramos para beneficiarse de ayudas públicas. En el presente caso, el título objeto de la calificación impugnada es una
escritura de modificación de un préstamo hipotecario de 100.000 euros, del que
se reconocía como pendiente de amortizar a la fecha de la novación la cantidad
de 96.962,81 euros. En dicha escritura se expresa que, al haber obtenido los
prestatarios la ayuda financiera prevista en Real Decreto 801/2005, de 1 de
Julio, por el que se aprueba el Plan Estatal 2005-2008, para favorecer el
acceso de los ciudadanos a la vivienda, convienen con la entidad prestamista
modificar las condiciones del préstamo, de suerte que siendo el importe del
préstamo en que consiste la citada ayuda financiera (69.600 euros) inferior al
préstamo inicialmente concedido, las partes acuerdan «desdoblar el préstamo
inicialmente concedido en dos tramos y adaptar las condiciones de uno de ellos
a las disposiciones contenidas en el Real Decreto 801/2005 de 1 de julio y en
el Convenio suscrito por la Caja con el Ministerio de Vivienda manteniendo
respecto al resto de capital prestado que no es objeto de la correspondiente
ayuda financiera las condiciones inicialmente pactadas».
El Registrador de la Propiedad deniega la inscripción porque, a su juicio, «No
es posible garantizar con la hipoteca inicialmente constituida en garantía de
un préstamo, los dos tramos en que ahora se divide dicho préstamo, pues esa
división del préstamo en dos tramos, cada uno de ellos con su propia
regulación, implica que estemos en presencia de dos obligaciones diferentes lo
que dado el carácter accesorio de la hipoteca respecto de la obligación que
garantiza, exige constituir tantas hipotecas como obligaciones se pretenden
garantizar, no siendo admisible que el incumplimiento de las obligaciones
específicas, derivadas de la normativa que rige el tramo sujeto a financiación
cualificada, determine el vencimiento del otro tramo del préstamo, no sujeto a
dicha financiación cualificada».
La Dirección General estima el recurso
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[Noticias] España y Brasil fijan una hoja de ruta para zanjar la crisis de las
deportaciones España y Brasil han establecido una serie de acuerdos para poner fin a la crisis
de deportaciones de ciudadanos de ambos países en los aeropuertos. Destacan las
condiciones de asistencia jurídica, comida, comunicación e higiene de los no
admitidos, tras las numerosas quejas de maltrato. También se ha abierto la
posibilidad de la colaboración 'in situ' de la policía de ambos países en las
zonas de control migratorio, donde ahora se colocarán cajeros automáticos.
(elmundo.es)
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[Noticias] Los juzgados de lo Penal acumulan más de 2.500 sentencias firmes sin cumplir A pesar de que logran ejecutar casi cinco mil resoluciones cada año, los
tribunales granadinos no consiguen ponerse al día y deshacer el atasco. Antonio
Anglés, acusado del asesinato de las niñas de Alcacer, cometió el triple crimen
cuando estaba en busca y captura por no volver a prisión. (ideal.es)
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[Noticias] Sentencias contra pederastas están pendientes de ejecutar en Palma El colapso y la falta de medios del juzgado de ejecutorias impiden controlar
este tipo de causas. (diariodemallorca.es)
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[Noticias] Jueces de lo Penal se reúnen para aliviar el atasco en la ejecución de
sentencias La plantilla de estos juzgados exige más medios personales para hacer frente al
volumen de asuntos y critica la "dejadez" de la administración
(laopiniondemalaga.es)
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[Noticias] Los abogados cacereños temen un segundo parón en la Justicia tras la huelga de
funcionarios Los letrados de la provincia recuerdan que los ciudadanos podrán pedir una
indemnización por daños y perjuicios (hoy.es)
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[Noticias] Caja Madrid pedirá conocer lo que debe pagar por Gescartera El presidente de Caja Madrid, Miguel Blesa, ha anunciado que la entidad pedirá
"una aclaración al tribunal [de la Audiencia Nacional] sobre la cuantía" a la
que deberá hacer frente como responsable civil subsidiaria, junto a La Caixa,
de los 87,99 millones de euros defraudados por los responsables de Gescartera.
(elmundo.es)
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[Noticias] El CGPJ decide una revisión del sistema de inspección de los tribunales. Ante los hechos ocurridos en un Juzgado de Sevilla por el caso Mai Luz, la
Comisión Permanente del Consejo acordó ayer unas medidas para modificar el
sistema de Inspección.
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[Noticias] JpD ante el archivo de diligencias informativas pide dimisiones del Presidente y
Jefe de Inspección del CGPJ El pasado día 3 de marzo un grupo numeroso de juristas, entre ellos más de cien
jueces y magistrados, publicaron un “Manifiesto por un debate político criminal
racional”, en la que se criticaban propuestas de reforma legislativa de derecho
penal del menor, se advertía sobre los riesgos constitucionales de la pretensión
reformadora -tendente al enjuiciamiento criminal y al encierro de menores de
catorce años-, y se propugnaba un debate sereno y racional sobre el tema.
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[Legislación] [BOE] Acuerdo de 31 de marzo de 2008, del Pleno del Tribunal Constitucional, por el
que se modifica parcialmente el Reglamento de Organización y Personal del
Tribunal Constitucional.
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[Legislación] [BOE] Orden EHA/888/2008, de 27 de marzo, sobre operaciones de las instituciones de
inversión colectiva de carácter financiero con instrumentos financieros
derivados y por la que se aclaran determinados conceptos del Reglamento de la
Ley 35/2003, de 4 de noviembre, de instituciones de inversión colectiva,
aprobado por Real Decreto 1309/2005, de 4 de noviembre.
La Orden Ministerial de 10 de junio de 1997, sobre operaciones de las
instituciones de inversión colectiva de carácter financiero en instrumentos
financieros derivados, flexibilizó el marco de actuación de estas entidades
con el fin de facilitar una gestión más eficiente de sus activos. Esta orden
posibilitó, por vez primera, la utilización de instrumentos financieros
derivados no negociados en mercados secundarios. Desde entonces, la constante
evolución de los mercados financieros ha hecho necesario el ajuste de la
normativa reguladora de las instituciones de inversión colectiva. Esta
actualización se materializó, concretamente, en la Ley 35/2003, de 4 de
noviembre, de instituciones de inversión colectiva, y en su desarrollo
mediante el Real Decreto 1309/2005, de 4 de noviembre, por el que se aprueba
el Reglamento de la Ley 35/2003, de 4 de noviembre, de Instituciones de
Inversión Colectiva y se adapta el régimen tributario de las instituciones de
inversión colectiva.
Fruto de este nuevo marco normativo, las instituciones de inversión
colectiva (IIC) de carácter financiero han visto ampliado su margen de
actuación a través de instrumentos financieros derivados. En efecto, el citado
Reglamento de la Ley 35/2003, al establecer las reglas de utilización de este
tipo de instrumentos financieros, incluyó nuevos subyacentes entre los activos
considerados aptos para la inversión, y reconoció la posibilidad de compensar
posiciones en derivados para el cómputo de los límites a la inversión en estos
instrumentos.
Transcurridos diez años desde la aprobación de la orden ministerial
anterior, se procede ahora a profundizar en las cuestiones necesarias para que
las novedades ya introducidas gocen de virtualidad práctica.
En términos generales, la orden se articula en torno a un doble eje. De un
lado, el Capítulo I supone una clara flexibilización del marco de actuación de
las instituciones de inversión colectiva españolas en instrumentos financieros
derivados, al tiempo que mantiene el adecuado nivel de protección de los
inversores. Así lo pone de manifiesto, entre otras modificaciones, la
ampliación de los activos subyacentes que son considerados aptos para la
inversión por parte de las IIC de carácter financiero. Y, por otro lado, la
orden incorpora a nuestro ordenamiento jurídico la Directiva 2007/16/CE de la
Comisión, de 19 de marzo de 2007, que establece disposiciones de aplicación de
la Directiva 85/611/CEE del Consejo por la que se coordinan las disposiciones
legales, reglamentarias y administrativas sobre determinados organismos de
inversión colectiva en valores mobiliarios (OICVM) en lo que se refiere a la
aclaración de determinadas definiciones. La directiva pretende garantizar una
aplicación uniforme del derecho comunitario en toda la Unión Europea y, de
este modo, reducir la inseguridad jurídica de los intervinientes en el mercado
al clarificar con mayor detalle los activos que han de ser considerados aptos.
La orden ministerial consta de diecinueve artículos, una disposición
adicional, una transitoria, una derogatoria y tres finales.
[Texto publicado] [Volver]
[Legislación] [BOE] Orden EHA/889/2008, de 27 de marzo, por la que se actualiza el limite de las
prestaciones económicas de las mutualidades de previsión social establecido en
el apartado 1 del articulo 65 del texto refundido de la Ley de ordenación y
supervisión de los seguros privados, aprobado por Real Decreto Legislativo
6/2004, de 29 de octubre. Mediante esta Orden, con base en la habilitación contenida en el párrafo tercero
del artículo 65.1 del texto refundido de la Ley de ordenación y supervisión de
los seguros privados, aprobado por el Real Decreto Legislativo 6/2004, de 29 de
octubre, se actualizan los límites cuantitativos de las prestaciones económicas
previstos en el segundo párrafo del artículo 65.1 el texto refundido de la Ley
de ordenación y supervisión de los seguros privados, aprobado por Real Decreto
Legislativo 6/2004, de 29 de octubre.
[Texto publicado] [Volver]
[Legislación] [DOCE] Revisado el DOCE de hoy núm. 90, no encontramos normas reseñables
[Texto publicado] [Volver]
[Legislación] [DOCE] Estado de Ingresos y Gastos de varios organismos de la Unión
[Texto publicado] [Volver]
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| Las
e-fuentes consultadas: |
DOCE, BOE, Boletín Oficial
de las Cortes Generales (BOCG). |
TC, TS, TJCE y TEDH. |
europa press, EFE, EL PAÍS, EL MUNDO, ABC, LA RAZÓN, LA
VANGUARDIA, EXPANSIÓN, a3n.tv, libertaddigital.com,
20minutos.es, 5dias.com, cope.es, vnet.es, diariodirecto.com |
Presidencia del Gobierno,
Ministerio de Hacienda-Agencia Tributaria, Ministerio de
Trabajo-Seguridad Social, Ministerio de Justicia y CGPJ. |
| Consejo General
de la Abogacía-Colegio de Abogados de Madrid, Consejo General
del Notariado, Colegio de Registradores, Consejo General
de Procuradores-Colegio de Madrid, Asociaciones judiciales
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de la Empresa Familiar, Unión General de los Trabajadores
UGT, Comisiones Obreras CCOO, Asociación Española
de Usuarios de Internet (AUI), Asociación de Internautas,
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